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¿Se puede cancelar un seguro de vida vinculado a un préstamo?

seguro de vida vinculado a un préstamo

Artículos sobre Seguros de Vida

¿Tienes una póliza de vida vinculada a un préstamo y quieres cancelarla? En este artículo te contamos cómo cancelar un seguro de vida vinculado a un préstamo. Ten en cuenta que este tipo de cancelación solo se puede realizar durante un cierto período de tiempo después de firmar la póliza.

En cualquier caso, si “te sientes obligado” a contratar esta póliza, léela muy bien antes de firmar para saber qué contratas. En cualquier caso, recuerda que no es legal que el banco te obligue a firmar ningún seguro con ellos para la contratación de créditos, préstamos o hipotecas.

⇒Lee esto también: Contratar un seguro de vida con la hipoteca ¿obligatorio? Que no te tomen el pelo

Seguro de vida vinculado a la hipoteca

La contratación de un seguro de vida vinculado a un préstamo o hipoteca no es obligatoria; pero, como ya hemos dicho varias veces, este tipo de póliza es muy recomendable, ya que así se garantiza que, en caso de fallecimiento u otras circunstancias amparadas por el seguro, los herederos o parientes no tienen que hacer frente al pago de la deuda ni a la pérdida de los bienes que garantizan el préstamo.

Sin embargo, puede darse el caso de que alguien decida dar de baja un seguro de vida vinculado a un préstamo, por ejemplo, porque quiere contratar una póliza que mejora las condiciones del seguro que quiere dar de baja. ¿Pero se puede cancelar este seguro?

Cuándo se puede cancelar un seguro de vida vinculado a un préstamo

Según la legislación vigente, si has contratado un seguro individual por una duración superior a seis meses que ha estipulado el contrato sobre su vida o la de un tercero, puedes rescindir el contrato sin expresión de motivos y sin penalización alguna dentro de los siguientes períodos de 30 días desde la fecha en que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional.

Es decir, durante los 30 días siguientes a la recepción del documento provisional de la póliza, puedes cancelar un seguro de vida vinculado a un préstamo con una duración superior a seis meses. Y sin dar explicaciones.

Ten  en cuenta que, en todo caso, el asegurador tendrá derecho a cobrar la parte de la prima correspondiente al período de cobertura transcurrido desde la celebración del contrato hasta la fecha en que se notifique la extinción del contrato.

⇒Lee esto también: Seguros de vida vinculados a préstamos hipotecarios: lo que tienes que saber

Cómo cancelar un seguro de vida vinculado a un préstamo

Para cancelar este seguro tienes que enviar un burofax al asegurador diciendo que acepta el derecho de desistimiento unilateral contenido en el artículo 83.a de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, ordenando la devolución de la prima cobrada. Pero con el banco no hay que hablar de nada. Si te ignoran o te dicen que hables con el banco, puedes presentar una reclamación en el Servicio de Atención al Cliente de la aseguradora, que tiene hasta dos meses para responderte. En el caso de que la respuesta sea negativa o no contesten, puedes presentar una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, que dispone de otros dos meses para contestar.

Si han pasado los 30 días, lo que puedes hacer es cancelar la renovación anual. Para ello, hay que avisar debidamente a la aseguradora un mes antes de la fecha de renovación.

¿Quieres cancelar tu seguro de vida en el banco y contratar otro más económico, pero con las mismas coberturas o, incluso, más? Sigue leyendo.

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Escrito por:
Eva María Rodríguez

Eva María Rodríguez

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Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

163 comments on "¿Se puede cancelar un seguro de vida vinculado a un préstamo?"

  • Ben
    15 de septiembre de 2022 a las 6:05 pm
    Hola buenos dias, por el tema de un prestamo hipotecario para que me lo accepta me han dichonque tengo que hacer un seguro de vida para la duracion del prestamo, hasta aqui todo bien. Tenia la opcion basica fallecimiento + invalidez 20€ o la completa de 40€. Eligio hacer mitad a mi y mitad a la mujer. A la mujer todo ok, a mi por poner que estoy de baja medica rotura de menisco nada grave, me rechazaron, el gestor me decia que no sabe que paso al principio despues que no sabe porque se rechazo lo que es seguro una mentira, y que me envia otra vez. Esta vez mismo seguro pero sin invaludez, practicamente mitad de servicio pero por mismo precio, le dijo que no puede ser igusl deberia ser mitad de precio, hoy me mando otro para firmar intentando engañar, igual sin invalidez pero con una cuota mas pequeña, mirabdo vi que el valor del seguro por fallecimiento tambien bajo bastante. quiero decir que Caixabank se niega a propias condiciones, una de ella pone y es logico, como que no cubre lo si se trata por lo que el cliente tiene en el momento del seguro. Es normal hacer eso? No quiero pagar igual pero por mitad de servicio. A todos le puede pasar romper una pierna en invierno o algo parecido pero eso no es algo tan grave, ademas yo puedo andar corer hacer deporte...
    • 16 de septiembre de 2022 a las 9:52 am
      Hola, Ben. En primer lugar, decirle que no es obligatorio contratar un seguro de vida con el préstamo hipotecario. Es muy recomendable, no cabe duda. El caso, es que si le interesa puede contratar el seguro de vida con quien quiera, no tiene por qué contratarlo con el banco. Además, le recomiendo que revise qué tipo de póliza, porque si contrata un seguro a prima única financiada quedará atado al seguro hasta que termine el plazo. Tenga en cuenta que estos seguros a prima única financiada salen mucho más caros debido a los intereses de la financiación. Si quiere consultar otros seguros de vida hipotecario, no dude en revisar nuestro comparador de seguros de vida para hipotecas y ponerse en contacto con nosotros para cualquier duda o consulta.
  • Kathe
    6 de septiembre de 2022 a las 10:06 am
    Buenos días, me gustaría saber varias cosas la más importante es: Contrate un seguro el año pasado en la caixa “My Box salud”, del cuál quiero cancelar o no pasar la cuota pero no me da esa opción porque dicen que es un seguro especial y que estoy obligada a estar tres años. Quería cancelarlo antes del primer año, por que vi que se renueva cada año y aún Asi me han dicho que no. No sé si se puede hacer algo o tengo que estar los tres años si o si. Uff gracias
    • 6 de septiembre de 2022 a las 10:37 am
      Hola. La verdad, no sé qué tipo de seguro especial puede ser como para no poderlo cancelar. Le recomiendo que solicite una copia de la póliza (y que no le vayan con cuentos, que se la tienen que dar) y compruebe qué tipo de póliza tiene. Eso de que no lo pueda cancelar se lo tienen que explicar bien. Decirle que es un seguro especial y no decirle nada es lo mismo. Está en su derecho de saber qué está pagando. Si no le dan la información, ponga una reclamación en el banco y en la Dirección General de Seguros.
  • ANA
    9 de agosto de 2022 a las 1:22 pm
    Hola, mi madre en noviembre del año pasado firmó un seguro de vida protección de un préstamo personal porque se lo aconsejó el director, se trata de un seguro de prima única, y me gustaría saber si se puede anular y recuperar la parte proporcional, y en caso afirmativo, cómo debería proceder. Muchas gracias por su ayuda. Saludos.
    • 10 de agosto de 2022 a las 9:12 am
      Hola, Ana. Este tipo de seguros solo se pueden anular dentro de los 30 días siguientes a la fecha de contratación, así que está fuera de plazo. Al tratarse de un seguro a prima única, entiendo que financiada, es como se tuviera un préstamo más, por lo que tiene que terminar de pagarlo.
  • Ana
    5 de agosto de 2022 a las 4:46 pm
    Muchísimas gracias Eva María. Me han dicho que lo han cancelado y me han preguntado cómo quiero amortizar el coste del seguro: acortando el plazo del préstamo o disminuyendo la cuota. Además, por otro lado, me cobraron una comisión de apertura en la que también pagué por el precio total del seguro porque lo sumaron a la cantidad solicitada. ¡Qué rabia no haberme dado cuenta en el momento! De nuevo os agradezco de corazón vuestra dedicación.
  • Ana
    3 de agosto de 2022 a las 9:24 pm
    Hola: Solicité un crédito para la compra de un coche y me incluyeron un seguro de vida que prorratearon en las cuotas del préstamo. No me facilitaron copia del contrato porque lo firmé en una tablet, así que pedí al Santander una copia. Al leer el contrato vi que no era obligatorio y gracias a vuestra información solicité la cancelación el 6 de junio, antes de los 30 días desde la firma. Me contestaron que lo habían recibido y tenían dos meses para tramitar la baja. Esos dos meses me han cobrado la cuota equivalente. Y en 3 días finaliza ese plazo que me dieron. ¿Puedo solicitar que me devuelvan el importe de lo cobrado estos dos meses? ¿Es cierto que tienen dos meses para tramitar la cancelación? GRACIAS POR VUESTRA GENEROSIDAD AL COMPARTIR VUESTROS CONOCIMIENTOS
    • 5 de agosto de 2022 a las 8:38 am
      Hola, Ana:
      Es curioso que para contratar el seguro lo hacen inmediato y para cancelarlo necesitan dos meses. Al asegurado le son indiferente los procesos del banco. El banco debe cumplir la ley. Si rescindes uniltarelamente el seguro de vida en plazo te tienen que devolver el importe íntegro menos los días disfrutados. Porejemplo, si la prima es de 365 € y comunicas que deseas darlo de baja el día 5, te tendrán que devolver 360 €. En este caso concreto en que se fragmento el pago de la prima, lo que no pueden hacer es una vez ha comunicado la rescisión cobrarte nada. Si te han cobrado a partir de comunicar la baja, deberías exigir la devolución inmediata de todo lo indebidamente cobrado. Más info en: https://www.puntoseguro.com/blog/se-puede-cancelar-seguro-una-vez-contratado-sin-esperar-finalice//
      Y una cosa más: es obligatorio entregar una copia de la póliza, en papel o en documento digital, pero no solo después de firmar, sino antes .
  • Roberto
    28 de julio de 2022 a las 2:21 pm
    Gracias Eva María, me pongo a ello y haber si me dejan cancelar, me parece excesivo el precio que es casi mayor que el importe del préstamo.
  • Roberto
    28 de julio de 2022 a las 10:49 am
    Gracias Eva María, hoy mismo me pondré para cancelar ya que me parece abusivo que se pague más de seguros que de cuota.
  • Roberto
    28 de julio de 2022 a las 1:19 am
    Hola, mis padres han sacado un préstamo personal por12000€ en CaixaBank, al parecer a mi padre solo le concedían 10000€ y los 2000€ que faltaban se los han dado a mi madre, no son muy mayores pero como les hacía falta.... El caso es que les han echo 2 seguros de vida que suben casi más que la cuota del préstamo, se puede dar de baja y sacar un seguro de vida que no sea en el banco sin problemas? El seguro es el mividabox o algo así.... Encima es un contrato de 3 años. Gracias
    • 28 de julio de 2022 a las 9:13 am
      Hola, Roberto: Según la legislación vigente, durante los 30 días siguientes a la recepción del documento provisional de la póliza puedes cancelar un seguro de vida vinculando a un préstamo de duración mayor a seis meses. Y sin dar explicaciones. No obstante, el asegurador tendrá derecho a cobrar la parte de prima correspondiente al periodo de cobertura transcurrido desde la celebración del contrato hasta la fecha en que se notifica la resolución del contrato. Recuerda que el banco no puede obligar a nadie a contratar una póliza de vida. Es ilegal.
  • juanM
    1 de junio de 2022 a las 7:37 am
    Hola pedí un préstamo en CaixaBank y quisiera saber si el seguro de vida mybox se puede cancelar avisando con un mes de antelación. No leo en el contrato que sea obligatorio, solo que el periodo de cobertura es hasta 2024. Hasta que punto puedo cambiarlo por otro y cancelar este?
    • 1 de junio de 2022 a las 12:02 pm
      Hola, Juan. Tienes 30 días para cancelarlo desde el momento en el que se haga efectiva la póliza.
  • Dani
    13 de abril de 2022 a las 9:51 am
    Hola, me han dado un prestamo la caixa de 10000e vinculado a un seguro de vida, en el contrato de ambos no figura ninguna vinculación entre ellos y decidí darme de baja del seguro de vida, a mi sorpresa de hoy es que el dinero del prestamo me lo han retenido eso es legal? muchas gracias
    • 18 de abril de 2022 a las 10:55 am
      Hola, Dani. ¿Qué explicación le han dado en el banco para retener el dinero? Asegúrese de que la respuesta se la dan por escrito o de que puede grabar la conversación para poder hacer las reclamaciones oportunas.
  • Ana Paula
    23 de marzo de 2022 a las 3:36 pm
    Buenas tardes, Me gustaría saber si puedo dar de baja un seguro de vida que firmé con un leasing. Sigo pagando el leasing mensualmente y el seguro me vence en julio. Desconozco si es obligatorio tener un seguro o no.Muchas gracias de antemano.
    • 24 de marzo de 2022 a las 10:34 am
      Hola, Paula. Obligatorio no es, en ningún caso. Si el seguro es anual renovable lo podría cancelar. Si ha firmado un seguro prima única financiada no.
  • Mar
    9 de marzo de 2022 a las 11:35 am
    Buenos días, A mi padre le estaban cobrando 4 seguros de vida de polizas que ya habian vencido. Nos dimos cuenta ahora hace poco y le llevan cobrando 3 años de más... hemos cancelado los seguros con el banco, que fue el que obligo a realizarlos al solicitar prestamos, creo que el banco deberia haber anulado esos seguros cuando se finalizaron los prestamos. Yo no sabia ni la compañia que estaba cobrando ya que no tenemos ningún documento, porque eso fue el banco. Ahora el banco dice que no nos pueden devolver el dinero.. ¿que se puede hacer en este caso? Un saludo, gracias
    • 9 de marzo de 2022 a las 5:07 pm
      Hola, Mar: Si con el banco no lo pueden solucionar, lo mejor es que lo consulte con un abogado.
  • Diana
    17 de enero de 2022 a las 1:18 pm
    Hola, por lo que leo soy tomadora de un seguro de vida de prima única. No sé de que manera poder cambiar de seguro de vida porque el actual es carísimo. El banco no se niega, pero siempre me recuerda que me quitaran la bonificación del tipo de interés que tengo actual. En la escritura de hipoteca aparece "contratación a través de la entidad de un seguro de vida temporal anual renovable". Mi consulta es cómo podría negociar con el banco ante esta cláusula para cambiar a uno más económico.
    • 18 de enero de 2022 a las 9:41 am
      Hola, Diana. Para empezar, aclaremos conceptos. En un seguro de prima única se paga el seguro de una sola vez, aunque, como el precio es muy alto, se suele financiar junto con el préstamo. Un seguro de vida anual renovable se paga una vez al año (aunque se puede fraccionar) y se renueva con cada anualidad. Dicho esto, compruebe qué tipo de seguro tiene, porque si es a prima única financiada solo lo podrá cancelar al principio. Si es anual renovable, tenga en cuenta que el banco le dio el precio que le dio por la contratación del seguro, así que tendrá que valorar si el aumento de la cuota le compensa.
  • Dorian
    17 de diciembre de 2021 a las 11:13 pm
    Hola Eva, me acaban de conceder un préstamo en La Caixa vinculado a un seguro de vida, en caso de ser un seguro de prima única financiado y estando dentro del plazo inicial de 30 días de margen para cancelarlo ¿puedo cancelar el seguro aunque no sea un seguro renovable anualmente? ¿O solo se pueden cancelar en los primeros 30 días los renovables?
    • Eva María Rodríguez
      20 de diciembre de 2021 a las 10:46 am
      Hola, Dorian. Efectivamente, tienes 30 días. Puedes echarle un vistazo a este artículo de FuturLegal por si tuvieras algún problema.
  • Steven
    13 de diciembre de 2021 a las 3:31 pm
    Hola buenas tarde hace un año hice un prestamo personal de 19.000€ y me dijeron que si cojia un seguro de 780€ el día que me quedara sin trabajo o algún accidente el seguro me cubría un año por desempleo y accidente y me he quedado sin trabajo por que se terminó mi contrato y fui al banco Santander y me dicen que no me cubre el seguro por haber finalizado mi contrato cuando ellos me aseguraron antes de hacer el prestamo que si me cubría y no se que hacer pague mucho de seguro para que me digan que no me cubre por quedarme desempleado haber si me puede dar una repuesta gracias
    • Eva María Rodríguez
      14 de diciembre de 2021 a las 10:32 am
      Hola, Steven. Tendría que revisar bien las condiciones del contrato. Si no lo tiene, solicite una copia. Por lo que dice, me imagino que la cobertura sería por despido improcedente o por algún otro motivo diferente a la finalización del contrato laboral. Este es uno de los motivos por los que recomendamos leer siempre las pólizas, muy especialmente si se contratan con el banco. Porque lo que es vinculante es lo que se firma, no lo que dice el comercial.
  • Javier
    3 de noviembre de 2021 a las 7:30 pm
    Hola Buenas tardes Un banco me puede incrementar el interes otorgado en un prestamo personal si cancelo el seguro de vida que me "obligaron" a contratar al pedir el prestamo ???? Evidentemente la cancelacion la haria avisando por lo menos un mes antes de vencer la anualidad
    • Eva María Rodríguez
      4 de noviembre de 2021 a las 11:14 am
      Hola, Javier. Tendría que revisar las condiciones de contratación. Es posible que le hayan hecho un descuento en el tipo de interés por contratar el seguro. La cuestión es si ese descuente compensa lo que se ahorraría contratando la póliza en otro sitio. Además, habría que revisar qué tipo de seguro es. Porque si se trata de un seguro a prima única financiado (un seguro PUF) no puede cancelarlo.
  • Javier
    3 de noviembre de 2021 a las 7:28 pm
    Hola Buenas tardesUn banco me puede incrementar el interes otorgado en un prestamo personal si cancelo el seguro de visa que me "obligaron" a contratar al pedir el prestamo ???? Evidentemente la cancelacion la haria avisando por lo menos un mes antes de vencer la anualidad
  • Pablo J.
    30 de septiembre de 2021 a las 3:16 pm
    Buenas tardes. Mi madre firmó la semana pasada un préstamo que solicitó para comprar un vehículo, en el contrato de la financiación le han añadido un seguro PUF y un seguro de siniestro. Podrí anular esos seguros? Gracias por el post. Saludos.
    • Eva María Rodríguez
      6 de octubre de 2021 a las 10:29 am
      Hola, Pablo. Parece que está dentro del periodo legal para cancelar las pólizas. Si le ponen pegas, no dude en poner una reclamación, tal y como indicamos en este artículo.
  • Naroa
    17 de septiembre de 2021 a las 5:35 am
    Hola buenas, tengo un problema con mi banco me pueden ayudar por favor, he pedido un prestamo de 2000€ hace 2 meses me lo han dado todo bien pero cuando he mirado mi cuenta me aparece unas cotas de 25€ k ponían seguro de vida, y yo en ningún momento me han dicho nada del seguro de vida, entonces he ido a mi banco para preguntar de que es y me han dicho que es un seguro vinculado al préstamo y que tiene una duración de 36 meses y no si puede cancelar, estan lokos y unos ladrones, que debo hacer al respecto por favor, gracias
    • Eva María Rodríguez
      20 de septiembre de 2021 a las 7:18 pm
      Hola, Naroa. Es completamente irregular. Le recomiendo que ponga una reclamación, tanto en la entidad bancaria como en la Dirección General de Seguros. Esta es una mala praxis que, a pesar de saltar varias leyes, todavía siguen viéndose en muchas oficinas.
  • Alejandro silvio Vlacich
    7 de septiembre de 2021 a las 4:46 pm
    Hola, mi señora tiene a su nombre y paga un seguro de vida todos los meses de un prestamos amortizado del BBVA, inacabable por cierto y relativamente por muy poco dinero(es otro tema)querria saber si podríamos dar de baja ese seguro de vida, pues ademas la pandemia nos daño demasiado. Muchas gracias y un saludo.
    • Eva María Rodríguez
      9 de septiembre de 2021 a las 10:03 am
      Hola, Alejandro. Si es un seguro anual renovable sí pueden darlo de baja, de cara a la renovación anual, comunicándolo con al menos un mes de antelación. Si se trata de un seguro a prima única financiada, me temo que no podrán cancelarlo. Le aconsejo que lo hablen con su gestor o con el servicio de atención al cliente del banco.
  • Dani
    6 de septiembre de 2021 a las 11:24 am
    Hola, estoy en proceso de contratar un préstamo de X dinero y me dicen que por edad (23 años) estoy obligado a pagar un seguro de vida, pero en el contrato pone que es voluntario, y encima está mi padre como aval. El pago es una sola vez pero me lo incluyen en la mensualidad. No me acaba de dar buena espina
    • Eva María Rodríguez
      7 de septiembre de 2021 a las 10:03 am
      Hola, Dani. El seguro de vida es recomendable a cualquier edad, con o sin aval. Pero en ningún caso es obligatorio. De hecho, si deseas contratarlo, puede hacerlo con cualquier entidad aseguradora (normalmente sale más barato que con el banco). En cuanto al seguro, lo que le ofrecen es un seguro PUF (a prima única financiada). Con este tipo de seguros, además de "colocarle" el seguro, el banco también se beneficia de los intereses del fraccionamiento. En cualquier caso ten en cuenta que el banco no puedo obligarte a firmar un seguro. Es más: es ilegal. En caso de que insistan, ponga una reclamación. Lo que sí pueden hacer es quitar las bonificaciones que se sacan de la manga por contratar el préstamo y el seguro con ellos.
  • Pascual
    31 de agosto de 2021 a las 1:21 pm
    Hola, Eva. Hace unos días contraté por teléfono un préstamo con una entidad financiera y me dijeron que era obligatorio contratar también un seguro de vida para que me lo pudieran conceder. El caso es que digitalmente firmé tanto el contrato de préstamo como el de seguro, pero en el documento INE que me enviaron del contrato de préstamo, la cuota que me aparece mensualmente no incluye el seguro y donde reza que si es obligatorio para obtener el crédito en sí, o en las condiciones ofrecidas, la contratación de un seguro, pone claramente que "NO". He hablado con el banco, pero me dicen que yo firmé el seguro y que me lo incluirán en la cuota mensual. Mi duda es si puedo cancelar el seguro y, si lo cancelara, si el banco por ello podría unilateralmente resolver también el contrato de préstamo que firmé. Gracias.
    • Eva María Rodríguez
      1 de septiembre de 2021 a las 10:34 am
      Hola, Pascual. El banco no puede obligarle a contratar un seguro de vida, ni mucho menos vinculado al préstamo. Y, por si fuera, entiendo que le han "colado" un seguro PUF (a prima única financiada), con lo que, además de pagar el seguro, les está pagando los intereses de la financiación del importe de la póliza. Ahora que está reciente le recomiendo que ponga una reclamación ante la propia entidad bancaria y que les avise de que va a reclamar ante la Dirección General de Seguros. Es algo completamente irregular e ilegal.
  • Nancy Saltos
    26 de agosto de 2021 a las 2:07 pm
    Buenos días a todos. Tengo una pregunta para Eva. Soy Nancy y estoy pagando un PACK de MULTISEGUROS cada mes, a última hora he visto que es mucho lo que me descuentan y envié Solicitud de baja y pedí cita para para firmar y dar de baja de todos los seguros, osea el PACK completo y me comentan que pueden darme de baja a final de año de todos porque es cuando se vencen y ponen no renovar, pero excepto uno, Seguro de Vida, porque tengo una deuda con el Banco y no puedo dar de baja hasta cancelar su totalidad o poner cuotas más altas (500€) para cancelar lo antes posible y quitar dicho seguro solicitado, es eso posible? Cuando yo contraté mi Seguro de Vida aún no había solicitado ningún crédito en el banco, fue mucho después que solicité un crédito personal y no entiendo cómo es posible que ahora me salgan con esto . Me gustaría me ayuden con la información de que puedo hacer . Gracias.
    • Eva María Rodríguez
      27 de agosto de 2021 a las 12:32 pm
      Hola, Nancy: Tendrías que preguntar en el banco qué tipo de seguro de vida tiene. Aunque dices que tenías el seguro contratado con anterioridad, puede que se hiciera alguna modificación. Si se trata de un seguro a prima única el problema no es que no puedas dar de baja el seguro, sino que tienes que terminar de pagarlo. Es muy habitual hacer este tipo de seguros a prima única y meter el pago fraccionado junto con las cuotas del préstamo o la hipoteca (cuotas a las que se le aplican los intereses correspondientes, por otra parte). En caso de que se trate de un seguro de vida de renovación anual (incluso aunque lo pagues de manera mensual o trimestral) no tendría por qué haber ningún problema en cancelarlo, porque no tienes obligación de tener un seguro de vida con el préstamo o la hipoteca. Si se trata de este tipo de seguro y no te lo quieren cancelar, pon una reclamación. Saludos
  • Asunción Tarrasó
    4 de julio de 2021 a las 10:30 am
    Hola, el Sabadell nos obligó a contratar un seguro de vida para concedernos una línea de crédito. Pasado el año no nos renovaron la línea de crédito, ¿estoy obligada a seguir pagando el seguro? ¿qué puede pasar si dejo de pagarlo? Muchas gracias Asunción Tarrasó
    • Eva María Rodríguez
      5 de julio de 2021 a las 9:24 am
      Hola, Asunción: Para evitar problemas debería cancelar el seguro, y no dejar de pagarlo sin más. A no ser que se trate de un seguro a prima única financiado, en cuyo caso tienen que terminar de pagarlo. En cualquier caso, para la próxima vez, debe saber que los bancos no pueden obligar a contratar seguros de vida con la contratación de préstamos o créditos. De hecho, si le deniegan el crédito o préstamo por no querer contratar el seguro de vida con ellos puede denunciarlos, porque va contra la ley.
  • Pedro
    30 de junio de 2021 a las 7:38 pm
    Buenas tardes. Financie parte de la compra de un coche con CaixaBank y meses después me he dado cuenta que tengo contratado un seguro de vida. Puedo cancelar ese seguro de vida? En el contrato no he visto que ponga una fecha límite para cancelarlo.
    • Eva María Rodríguez
      1 de julio de 2021 a las 10:50 am
      Hola, Pedro: Tendría que comprobar qué tipo de seguro es. Si es anual renovable puede cancelarlo de cara a la próxima renovación anual, siempre y cuando queda más de un mes para dicha renovación. Si es un seguro a prima única con la prima financiada no podría cancelarlo.
  • Cristóbal Martín
    22 de junio de 2021 a las 1:15 pm
    Buenos días,¿es posible que me sigan cobrando un seguro de vida vinculado a un préstamo que ya finalizó hace años?. Muchas gracias.
    • Eva María Rodríguez
      23 de junio de 2021 a las 9:36 am
      Hola, Cristobal: Tendría que comprobar qué tipo de seguro contrató y en qué condiciones. En cualquier caso, usted podría poder cancelarlo, incluso aunque aún estuviera amortizando el préstamo, a no ser que fuera un seguro a prima única financiado, en cuyo caso tendría que seguir pagando hasta saldar la deuda.
  • Sonia G.
    2 de junio de 2021 a las 3:42 pm
    Hola, yo contrate u prestamo con bankia y me obligaron a contratar un seguro de vida de Mapfre y esta dede el 23 del 6 de 2020, y he escrito al banco para no renovarlo y me han dicho que eno es posible. que tenia que haber avisado un mes antes, pero no hay ningun mensaje ni tengo 150 eurors, ahora no se que hacer....
    • Eva María Rodríguez
      7 de junio de 2021 a las 10:05 am
      Hola, Sonia: Habría que revisar las condiciones de la póliza, concretamente lo que se refiere a la renovación de la prima. Si no tiene la póliza pídasela en el banco.
  • Alex
    19 de mayo de 2021 a las 6:01 pm
    Puede el banco subir el interès de un prestamo personal con interès fijo que además no hace referencia al seguro de vida si cancelo este segundo? Es decir, el banco me rebajo el interés inicial siempre y cuando contratase un seguro de vida, pero esto quedó de palabra y no aparece referenciado en ningún lugar. Y el prestamos está firmado por ambas partes. Gracias
    • Eva María Rodríguez
      21 de mayo de 2021 a las 4:28 pm
      Hola, Alex:He enviado su consulta a gclaw.es y esta es la respuesta que me han enviado: Si no queda reflejado Ni en la escritura ni en adendas, no pueden subir el tipo de interés aplicable. Si tiene alguna pregunta más no dude ponerse en contacto con ellos en gclaw.es o en el teléfono 681 14 30 53.
  • Silvia Sanchis Valero
    12 de mayo de 2021 a las 3:07 am
    Buenos días, Mi mujer y yo acabamos de formalizar la hipoteca con el banco para la compra de un piso. Nos obligaron a contratar el seguro de vida, el de hogar, y el plan de pensiones con ellos. Días después de la firma, rescindí el contrato del seguro de vida vía burofax por derecho de desistimiento, aceptando el hecho de que me subirán el interés, ya que se trata de un producto combinado. Hoy me llaman del banco diciéndome que o lo vuelvo a contratar o nos cancelan el préstamo, que ya está firmado ante notario, porque dicen que en la escritura pone que estamos obligadas a mantenerlo al menos durante el primer año. Yo he leído y releído las escrituras y no pone nada más allá del cambio del porcentaje de interés si no está contratado. ¿Es legal que nos cancelen el préstamo por esa razón? Sabemos que no es obligatorio la contratación de un seguro de vida con la nueva ley hipotecaria, pero nos sentimos coaccionadas a contratarlos, ya que nos obligaron un par de días antes de la firma ante notario y no queríamos perder las arras. Luego encontré que era legal desistir dentro de los siguientes 30 días. ¿Es verdad que nos pueden quitar el préstamo y obligarnos a devolverles todo el dinero? No hace ni un mes que firmamos. Estamos un poco angustiadas. ¡Muchas gracias!!
    • Eva María Rodríguez
      14 de mayo de 2021 a las 4:56 pm
      Hola, Silvia: He derivado su consulta a Gclaw.es y esto es lo que me han respondido: Cuando se contrata un préstamo hipotecario y para mejorar las condiciones en la mayoría de los casos, ofrece el banco la contratación de ciertos productos, en este caso no afectaría al elemento esencial del contrato, pero eso, no lo sabemos. Ignoro si se ha firmado alguna addenda o anexo o no, como tampoco se ve el contenido/cláusulas del contrato de préstamo; en ese caso, el banco tan solo podría novar el contrato con respecto a las condiciones en las que afecte el contrato de seguro de vida. Puede solicitar más información escribiendo un email a bufete@gclaw.es o llamando al teléfono 681 14 30 53
  • Sabrina
    23 de abril de 2021 a las 9:21 am
    Hola buenos dias,He contratado una hipoteca con Cajamar y me han obligado a contratar un seguro de vida la semana pasada. Es un seguro por 120 meses de duración con una prima única. Para financiarlo, he suscrito un préstamo de consumo. Puedo solicitar la anulación del seguro de vida y devolver el préstamo de consumo, o en su caso gastar el préstamo de consumo en otra cosa, ya que veo abusivo que además de pagar el seguro de vida que no quería contratar, tengo que pagar intereses.
    • Eva María Rodríguez
      26 de abril de 2021 a las 10:30 am
      Hola, Sabrina: Lo que ha contratado es un seguro a prima única y, por ser una cantidad muy elevada, le han ofrecido financiarlo, con los correspondientes intereses. En principio podría cancelarlo, siempre y cuando esté en plazo. Por otra parte, decirle que los bancos no pueden obligarle a contratar ningún tipo de seguro. Le recomiendo que lea el artículo De hipotecas, seguros de vida a prima única y cancelación anticipada.
  • Oscar
    17 de marzo de 2021 a las 9:13 am
    Hola Eva Maria, antes de nada gracias por tu ayuda.La semana pasada contraté un préstamo con Bankia de 3000€. Para que las condiciones fuesen mejores, contraté dos seguros de pago único SEGURO AMORTIZACION PRIMA UNICA DE 677,80€ (UN SOLO PAGO AL INICIO) y también de un SEGURO PROTECCION DE PAGOS PRMA UNICA DE 497,08€ (Ambos seguros se pagan de golpe solo al inicio y estaría cubierto toda la vida del préstamo). El caso es que quiero devolver ya los 30.000€ pagando el 1% por cancelación ya que he conseguido el dinero por otro lado y mi pregunta es: me devolverían el importe de los seguros que ya he pagado? El seguro de protección y de amortización? Gracias de antemano
  • Carlos
    16 de marzo de 2021 a las 5:32 pm
    Buenas tardes hoy bankia me ha concedido un préstamo personal de 4.000€ a 3 años y al 11,20% de interés. Cuando e ido a mi oficina el director me quería obligar a hacerme él un seguro de vida, me he negado, y estando el préstamo concedido, me ha obligado a hacerme un seguro de hogar, por 274€, sino no me lo daba, cuando ya estaba aceptado por bankia, que puedo recurrir? Porque lo que está claro es que es mala praxis y coacción, un saludo
  • Ana
    8 de marzo de 2021 a las 9:09 am
    Buenos días, hace dos años al pedir hipoteca banco Popular nos hicieron a mi y marido seguro de vida. La prima es renovable anual, y en los recibos viene vencimiento al año, pero en el contrato del seguro pone el importe de la hipoteca y como fecha vencimiento la fecha en la que acabaríamos de pagar la hipoteca. Entonces no sé si se refiere a que tengo que tener el seguro con ellos hasta esa fecha, o al ser renovable anual lo puedo cancelar sin problemas antes de la próxima renovación. Espero me puedas aclarar. Muchas gracias
    • Eva María Rodríguez
      8 de marzo de 2021 a las 10:48 am
      Hola, Ana: Si el seguro es renovable anual podría cancelarlo antes de la renovación. Pero revise bien las condiciones, porque es posible que las condiciones de la hipoteca cambien si quita el seguro. Tampoco pierda de vista que tener un seguro de vida asociado a la hipoteca no es obligatorio, aunque sí muy recomendable. Si quiere puede comparar las condiciones del seguro que le han hecho en el banco con otras ofertas usando nuestro comparador de seguros de vida hipoteca. Si tiene alguna duda, puede enviar su consulta.
  • Cinthia
    15 de febrero de 2021 a las 12:14 pm
    Hola , yo hice un préstamo a 6 años y me vincularon dos seguros uno que va vinculado al préstamo y el otro de accidente plurianual por 10 años , lo que pasa que la chica de la Caixa me hizo creer que si no aceptaba no me podían conceder el crédito , por lo que no es así no era obligatorio me he enterado ahora ahora que era necesario el seguro , me han engañado y ahora quiero saber si puedo dar de baja el seguro plurianual y que me devuelvan la diferencia son 540 euros en total que ya lo descontaron del mismo crédito. Que puedo hacer?espero me puedan contestarGracias Cinthia.
    • Eva María Rodríguez
      17 de febrero de 2021 a las 10:30 am
      Hola, Cinthia: Depende de cuánto tiempo haya pasado desde que firmó la póliza y del tipo de seguro, es decir, si es renovable anual o a prima única. Le recomiendo que ponga una reclamación en la oficina y en el Caixa. Además, puede poner una reclamación en la Dirección General de Seguros.
  • Cristina
    10 de agosto de 2020 a las 3:25 am
    Hola buenas en Caixa me hicieron un préstamo que pagué anticipadamente antes de tiempo y un día quise pedir cambio de oficina por traslado de ciudad y me dicen que no me lo concedían el cambio por tener un seguro de vida en vigencia por el préstamo que pedí mi pregunta es ¿si ya pague el prestamos y el seguro lo pague asta el 2024 ? ¿Puedo anular el seguro y que me devuelvan el resto del dinero asegurado ? Ya que es un seguro que me lo pidió que me hiciera para darme el préstamo que pague antes de tiempo
    • Eva María Rodríguez
      11 de agosto de 2020 a las 12:25 pm
      Hola, Cristina: Tiene que comprobar primero qué tipo de seguro de vida. Si es un seguro a prima única que le están cobrando fraccionado no puede cancelarlo, sino que tendría que abonar la prima pendiente o seguir pagando las cuotas. En cualquier caso, si considera que hubo alguna irregularidad a la hora de firmar el seguro, no dude en reclamar.
  • Daniel
    14 de junio de 2020 a las 11:03 am
    Hola !!!contrate un préstamo personal de 12000€Y me hicieron hacer un seguro de 112 € Que me pasa si devuelvo el recibo?en de seguros santarder
    • Eva María Rodríguez
      15 de junio de 2020 a las 5:08 pm
      Hola, Daniel: La devolución del seguro no implica su cancelación. Si cree que en el banco no actuaron de forma legal lo mejor es que haga una reclamación.
  • Ezequiel
    8 de junio de 2020 a las 5:27 pm
    Buenas. Tengo un préstamo personal me han cobrado un seguro que por lo visto es anual del mismo banco. Ha pasado el año y otra vez. Mi pregunta es puedo devolver ese recibo? Muchas gracias
    • Eva María Rodríguez
      10 de junio de 2020 a las 11:14 am
      Hola, Ezequiel: Si el seguro es anual tendría que haberlo cancelado primero. Devolver el recibo no implica cancelar el seguro. De hecho, además de no tener cobertura, la aseguradora le puede reclamar.
  • Javier
    5 de junio de 2020 a las 10:02 pm
    Buenas tardes, me gustaría saber si existe la posibilidad de dar de baja el seguro de vida que la financiera BBVA me obligó a realizar para la compra de mi actual coche en el año 2017. Por lo que puedo ver en el contrato de amortización por un lado pago 249€ y por otro 21€ mensuales para dicho seguro que fue por un total de 1879,56€ Les llame justo este mes para valorar el pago del coche completo y me dicen que les tengo que abonar también la totalidad del restante seguro de vida hasta el año 2026,asciende a 1356€ a fecha de Junio 2020. Pues quisiera saber si lo puedo cancelar y si me tendrían que devolver alguna cantidad ya que firme un préstamo añadido para este seguro? También me gustaría saber cuánto cobrarían por llevar este tipo de casos para cancelaciones de seguros ? Muchas gracias por vuestra ayuda .
    • Eva María Rodríguez
      10 de junio de 2020 a las 11:33 am
      Hola, Javier: Tendría que comprobar si el seguro que hizo era a prima única con el pago financiado. En ese caso, tiene que pagarlo, puesto que es lo que firmó en el contrato. Que no le informaran bien es otra cosa. No tendrían que haberle obligado a firmar un seguro de vida, ni mucho menos hacerlo con ellos, pero eso es el "pan nuestro de cada día". Revise el contrato y compruebe qué tipo de seguro es.
  • guillermo
    29 de mayo de 2020 a las 12:52 pm
    Hola, yo tenía una póliza de crédito con un seguro anual renovable. Por las condiciones, he traspasado la póliza de crédito a un préstamo (con un nuevo seguro), y me siguen cobrando el seguro de la póliza de crédito que ya no está vigente. Mi pregunta es, ¿una vez que no está vigente la póliza de crédito se debería anular automáticamente el seguro asociado? ellos dicen que el seguro es independiente a esa póliza (para que lo siga pagando). gracias
    • Eva María Rodríguez
      1 de junio de 2020 a las 6:41 pm
      Hola, Guillermo: Si en el banco le han dicho eso entonces tendrá que cancelar el seguro si ya no le interesa.
  • Analía
    20 de mayo de 2020 a las 1:48 am
    Hice un seguro de vida con la caixa porque la directora al contratar una tarjeta de crédito me dijo que era obligatorio pero que se podía cancelar si en algún momento no podía pagar. Mi sorpresa es que me quedo sin trabajo por el covid19 y al ir al banco a solicitar la cancelación me dicen que no se puede que es un seguro de 3 años cosa que no se me avisó al contar... Se puede cancelar de otra forma?
    • Eva María Rodríguez
      20 de mayo de 2020 a las 12:16 pm
      Hola, Analía: Revise las condiciones del contrato. Tendrá que atenerse a lo que ha firmado, independientemente de lo que le hubieran dicho. En cualquier caso, el banco no le puede obligar a contratar ningún seguro para la contratación de una tarjeta de crédito, por lo que podría reclamar.
  • Juan carlos perez
    15 de mayo de 2020 a las 5:28 pm
    Buenas tardes tengo un préstamo bancario y para dicho prestamo tengo como aval a mi pareja...el banco me hizo un seguro de vida a mi y otro a mi pareja el cual me cobro inmediatamente el de ella, y otro a mi que me esta cobrando por parte hasta culminar de pagar... mi pregunta es legal cobrar dos seguros por el mismo prestamo...? Por cada seguro me cobraron 700€ total.....1400€ para un prestamo de 12000€ gracias
    • Eva María Rodríguez
      19 de mayo de 2020 a las 10:23 am
      Hola, Juan Carlo Lo que no es legal es exigirles un seguro de vida como condición para la contratación del préstamo. Es más, si usted quiere asegurarlo, puede hacerlo con quien quiera. Le recomiendo que ponga una reclamación.
  • Diego
    15 de mayo de 2020 a las 3:42 pm
    Buenas tardes ayer firme la compra de mi nueva casa y un seguro amortización préstamo protegido para 5 años, que ha empezado a contar desde ayer puedo anular este seguro el gestor del banco me dice que no. Me da igual perder la bonificación. Gracias de antemano.
    • Eva María Rodríguez
      19 de mayo de 2020 a las 10:26 am
      Hola, Diego: Durante los 30 días siguientes a la recepción del documento provisional de la póliza puedes cancelar un seguro de vida vinculando a un préstamo de duración mayor a seis meses. Y sin dar explicaciones. Para cancelar este seguro envía un burofax al asegurador diciendo que te acoges al derecho de desistimiento unilateral que recoge el artículo 83.a de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro ordenando el extorno de la prima cobrada. Pero con el banco no tienes que hablar nada. Si no te hacen caso o te dicen que lo hables con el banco puedes presentar una reclamación al Servicio de Atención al Cliente del asegurador.
  • Chelo
    28 de abril de 2020 a las 9:30 pm
    Hola buenas tardes mi pregunta es si firmo un préstamo personal y me dice el banco que es obligado hacerme un seguro de vida y después de saber que no es obligado puede no anular este seguro?
    • Eva María Rodríguez
      29 de abril de 2020 a las 12:07 pm
      Hola, Chelo: Revise las condiciones de contratación, a ver si tiene un periodo para anular el seguro. En cualquier caso, puede cancelar la renovación. También puede poner una reclamación. Le explicamos más en este artículo.
  • Virginia
    13 de abril de 2020 a las 12:18 pm
    Hola, saqué un préstamo bancario de 10.000e el cual va vinculado a un seguro de vida, pero lo han juntado con otro dental. He llamado y me han dicho que no lo pueden anular, porque es un dinero que me ha prestado el banco, y que ellos no pueden cancelar. Me cumple el 31 de mayo, es decir que estaría en fecha para anular. ¿ es legal anular? ¿Puede el banco obligarme a tenerlo?. Gracias!
    • Eva María Rodríguez
      15 de abril de 2020 a las 11:27 am
      Hola, Virginia: No le pueden obligar ni a contratar ni a mantener un seguro vinculado a un crédito, ni de vida ni de ningún tipo, ni mucho menos con la propia entidad bancaria que le concede el préstamo. Le recomiendo que ponga una reclamación. En este artículo explicamos cómo hacerlo.
  • OLGA
    30 de enero de 2020 a las 2:31 am
    Hola, Compré un coche en julio que iba a pagar al contado y me convencieron de que financiando y amortizando el préstamo al año me saldría más económico. Financié 12000 euros a 5 años con cetelem. La semana pasada llamé para reclamar el contrato de financiación , pues no me había llegado y mi sorpresa fue que el préstamo ascendia a 13.111 euros, me habían metido un seguro de amortización de 1111 euros del cual nadie me informó en la firma. Que puedo hacer? Estoy perdida, no me puedo creer que nos puedan engañar de esta manera sin consecuencias para ellos, pues de haberme informado de ello no hubiera financiado por tener el dinero. Un saludo y gracias de antemano
    • Eva María Rodríguez
      7 de febrero de 2020 a las 4:35 pm
      Hola, Olga: Entiendo que es un seguro de vida vinculado al préstamo. Pues bien, en primer lugar, estos seguros no son obligatorios. Y, en segundo lugar, tenga en cuenta que lo puede cancelar, puesto que, según el artículo ochenta y tres a), de la Ley de Contrato de Seguro: El tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional.
  • Antonio jesus
    10 de enero de 2020 a las 1:29 pm
    Hola tengo un préstamo que pedí en caixa para un coche de 5000€ y me vienen dos seguros uno de 15€ de pack multiseguros (Seguro familiar) y otro de 6€ de seguro completo accidente. Podría dar de baja algún seguro de estos. Un saludo gracias
    • Eva María Rodríguez
      13 de enero de 2020 a las 1:42 pm
      Hola, Antonio Jesús: Revise las condiciones del contrato. En principio, podría cancelar el seguro de cara a la renovación anual. En cuanto a la prima que ya ha pagado, revise las condiciones. En cualquier caso, dispone de 14 días desde la fecha de contratación para avisar a la compañía de que quiere cancelarlo. En el caso de los seguros de vida, son 30 días.
  • Alberto
    20 de noviembre de 2019 a las 6:03 pm
    Hola,Me he comprado un coche nuevo y al hacer la financiación con Banco Cetelem q es el q lo financia me ponen un seguro de 700€ .Se puede cancelar de alguna manera y si es así de q forma se podría hacer. Gracias
    • Eva María Rodríguez
      28 de diciembre de 2019 a las 12:47 pm
      Hola, Alberto: Debería revisar las condiciones del préstamo. Normalmente, en este tipo de operaciones le dan la opción de incluir o no seguro en la solicitud. En cualquier caso, tiene 30 días para cancelar el seguro. En cualquier caso, puede ponerse en contacto con la financiera y solicitar información para la cancelación.
  • Maria Yolanda
    20 de octubre de 2019 a las 12:08 pm
    Hola muy buenas, yo contrate un préstamo personal de 24.400 y me hicieron un seguro de vida donde me cobraron de una sola vez 4.000 euros, yo quería saber si es correcto ese cobro. Gracias
    • Eva María Rodríguez
      30 de diciembre de 2019 a las 9:59 am
      Hola, Maria Yolanda: Usted contrató un seguro a prima única. Es correcto.
  • Monica
    7 de octubre de 2019 a las 6:48 am
    Hola hice un n seguro de vida vinculado a un préstamo personal, porque si no no me concedían el préstamo, el préstamo es de tres años y pagué el primer año al contado, ahora hace un año de aquello y me acaban de cobrar el segundo año, puedo devolver el recibo y cancelar el seguro?
    • Eva María Rodríguez
      30 de diciembre de 2019 a las 10:16 am
      Hola, Mónica: Para cancelar el seguro tiene que preavisar con un año de antelación, por lo que la respuesta a su pregunta es que no. Si quiere podría cancelar la renovación para el tercer año, siempre y cuando lo haga en tiempo y forma adecuados.
  • Annie
    25 de agosto de 2019 a las 10:51 pm
    Hola, mi duda es sobre la parte que te devuelven tras cancelar un seguro de vida a prima única por la cancelación por amortización de una hipoteca. Me tenían que devolver 10 años de seguro de vida que no he consumido y me han retenido más de 300 euros alegando impuestos relacionados con el seguro que se cobran al inicio y no se devuelven bajo ningún concepto. ¿Es eso así? Gracias de antemano.
    • Juan Betés Novoa
      26 de agosto de 2019 a las 10:23 am
      Es cierto que los seguros tienen impuestos, pero cuando pagó la prima final ya se están incluyendo dichos impuestos, por lo que le tendrían que devolver la parte proporcional que no ha consumido sin más. Les exigiría una respuesta por escrito o si no acudiría al defensor del cliente. Suerte
  • Ana
    21 de agosto de 2019 a las 9:46 pm
    Hola buenas noches , para que nos dieran un préstamo personal en la caixa, nos tenían que hacer un seguro de hogar pagando mensualmente, al final lo pudimos pagar en dos meses el préstamo, podemos darnos de baja del seguro de hogar? Un Saludo
    • Eva María Rodríguez
      30 de diciembre de 2019 a las 11:08 am
      Hola, Ana: Puede usted solicitar el extorno de la prima. Se lo explicamos en este artículo.
  • Laura
    4 de agosto de 2019 a las 12:00 am
    Hola hace 10 años contrate una hipoteca y me obligaron a contratar un seguro de vida de 12000 euros pagados en una sola vez. Y hará unos 6 años tuve que hacer un préstamo personal de 4000 euros y me obligaron a contratar otro seguro de vida por el que pago 30 euros cada mes hasta que se acabe el préstamo. Estoy obligada a pagar este seguro? Teniendo ya el otro?
    • Eva María Rodríguez
      30 de diciembre de 2019 a las 11:32 am
      Hola, Laura: No es obligatorio contratar un seguro con los préstamos personales, aunque sí con las hipotecas. En cualquier caso, el seguro obligatorio puede contratarlo con quien usted quiera. Sin embargo, todavía hay entidades bancarias que, a pesar de la regulación actual, siguen incurriendo en mala praxis. Pero usted puede desvincular el seguro o cancelarlo cuando quiera. La ley está de su parte.
  • Sarafer
    18 de julio de 2019 a las 7:00 pm
    Buenas tardes. Para firmar un préstamo personal nos obligaron a firmar dos seguros de vida, uno para cada firmante. Le pregunté si era obligatorio y la respuesta fue SI. Hace unos 3 meses que reclamé la devolución de ambos seguros puesto que nos engañaron, uno se pagó mediante prima única y nos dicen que no lo devuelven y el otro era mensual y han dejado de cobrarlo. Nos enviaron una carta donde indicaban que en dos días hábiles nos abonarían los importes de las mensualidades pagadas y ya han pasado más de dos meses y siguen sin abonar los casi 400€ que nos cobraron. He llamado, enviado e-mail, les he escrito por Facebook y siguen sin devolverlos a pesar de que ellos mismos dieron un plazo de dos días. ¿Debería reclamar en el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones? Gracias.Otra duda. Al principio de tener la hipoteca (año 2006), tuvimos que firmar los seguros de vida, imponiéndolos. ¿Sería factible reclamarlos, ya que fueron impuestos? Gracias.
  • Manuel
    21 de junio de 2019 a las 4:34 pm
    Hola buenas tardes, yo contrate hace 5 años una hipoteca y me obligaron a hacer un seguro de vida de 10 años. Ahora vamos a cancelar esa hipoteca y quisiera saber si me devolveran los 5 años q quedan
    • Eva María Rodríguez
      30 de diciembre de 2019 a las 1:26 pm
      Hola, Manuel: Si el seguro lo pagó a prima única, puede solicitar el extorno de la parte correspondiente. Si lo paga anualmente, simplemente cancele el seguro.
  • David
    17 de junio de 2019 a las 3:48 pm
    Buenas tardes, realice una hipoteca hace 1 mes en el que me vinculaba el seguro de hogar y de vida. El de hogar ya lo estoy pagando pero el de vida aún no me lo he realizado por falta de tiempo para ir al reconocimiento. Tendría que hacerlo con el banco obligatoriamente al haber firmado la vinculación del seguro a la hipoteca? Podría no hacerlo ? Me mantendrían los intereses aunque fuese seguro de vida pero no con ellos ? Gracias
  • Fernando
    1 de junio de 2019 a las 3:31 pm
    Hola . Ise un prestamo personal y me colaron un seguro de vida una semana atras pero en el contrato de seguro me doy cuenta que seguro imediato puedo canserlar este seguro x me han cobrado del seguro 1500 € a 8 años del prestamo q fue de 22000
    • Juan Betés Novoa
      3 de junio de 2019 a las 5:57 pm
      Si estarías a tiempo. Te recomiendo seguir las indicaciones del post, comunicando a la aseguradora y al banco la rescisión uniletaral del seguro conforme a la Ley y si no te devuelven el importe devolver el recibo. Saludos
  • Fran
    25 de enero de 2019 a las 11:06 am
    Hola. Tengo una duda respecto a un seguro de vida que me hicieron pagar de una vez, al principio, al contratar una hipoteca a 10 años. Acabé de pagarla a los 7 años y nadie me informó (ni por supuesto me devolvieron automáticamente) de que podía reclamar la cantidad prorrateada correspondiente a esos tres años. ¿Podría reclamarlo aún, quizás alegando mala práctica por parte del banco? El problema es que han pasado casi 7 años desde entonces, aunque sigo con el mismo banco. Supongo que podría poner una reclamación al Banco de España, pero no sé si el tiempo pasado anula cualquier derecho que pudiera tener. Gracias y un saludo.
    • Juan Betés Novoa
      28 de enero de 2019 a las 1:09 pm
      Hola Fran: Tendrás que consultarlo con un abogado, pero me temo que tu derecho a reclamar prescribe a los 5 años. Saludos
  • Miguel
    29 de diciembre de 2018 a las 11:08 am
    Hola yo firme hipoteca 2006 y contrate seguro vida con un pago único puedo darme de baja recuperar el dinero ?
    • Juan Betés Novoa
      8 de enero de 2019 a las 11:44 am
      Hola Miguel: Ya existe jurisprudencia que ha entendido que esta práctica es nula de pleno derecho por vulnerar el art.84 del Texto Refundido de Consumidores y Usuarios. Te recomiendo ponerlo en manos de un buen abogado.
  • SIHAM
    11 de diciembre de 2018 a las 1:56 pm
    Hola Juan,He financiado un presupuesto con una clínica dental, una vez autorizada dicha financiación o crédito, leo el documento y me aparece una prima de seguro de la que no se me había informado, lo consulte con la chica que lleva los presupuestos y me dice que es obligatorio, cuando en el contrato leo que es opcional, ¿se puede cancelar esa prima de seguro?Muchas gracias, Un saludo.
    • Juan Betés Novoa
      11 de diciembre de 2018 a las 7:05 pm
      Lógicamente si por escrito pone que es opcional puede negarse a contratarlo. Le recomiendo renunciar al mismo mediante carta por escrito y que se la firme o se la sellen como recibida para quedarse más tranquilo. Le dejo un enlace en el que hablamos de ésto: https://www.puntoseguro.com/blog/se-puede-cancelar-seguro-una-vez-contratado-sin-esperar-finalice/
  • Jose
    25 de octubre de 2018 a las 9:55 am
    Buenos días e pedido un préstamo hace seis meses aproximadamente y aporte un seguro de vida de 4000€ y e podido cancelar el préstamo me tendrían que devolver la cantidad del seguro de vida muchas gracias
    • Juan Betés Novoa
      25 de octubre de 2018 a las 11:15 am
      Hola Jose:El plazo para dar de baja unilateralmente el seguro de vida caduca de acuerdo con el artículo 83.a.1 de la Ley 50/1980 a los 30 días tras recibir la póliza de seguro.Dado que firmaste la hipoteca hace seis meses el plazo ha caducado u no te van a devolver nada. Lo único que podrías hacer es revisar si llegaste a firmar la póliza de vida o no. Si no lo firmaste dirige un burofax a la aseguradora indicando que te acoges a lo previsto en el art 83.a.1 citado de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro y que por tal motivo les ordenas la anulación del contrato - de existir, dado que no te consta la póliza - y la retrocesión de la prima pagada. Suerte PD: La próxima vez evita contratar un seguro de prima única y consulta con un mediador antes de firmar nada.
  • 24 de septiembre de 2018 a las 9:51 pm
    Hola juan un saludo quisiera hacerte una consulta sobre como saber si la esposa de un familiar que fallecio en accidente de transito aca en Ecuador puede acceder al cobro de un seguro,que contrajo con el banco popular en madrid en el año2006....el finado era ecuatoriano con residencia legal alla... muchas gracias de antemano por tu respuesta ....
    • Juan Betés Novoa
      25 de septiembre de 2018 a las 10:57 am
      Hola Marlon: Lo lamento pero en España la reclamación para cobrar el seguro de vida prescribe a los 5 años, por lo que no será posible cobrarlo. Tienes más información en https://www.puntoseguro.com/blog/que-plazo-hay-para-reclamar-un-seguro-de-vida/ Saludos
  • Jose
    18 de septiembre de 2018 a las 10:52 pm
    Buenas, Mi caso es el siguiente, mis padres me avalan con su piso para conseguir el 100% del valor de la vivienda, según el banco ellos con el 30% y nosotros con el 70% restante. Nos han puesto una clausula en la que pone que mis padres tienen que aumentar el valor del continente de su seguro y poner al banco la cesión de derechos. Mi pregunta es, yo, hacerlo para mi casa no tengo problema, pero,¿ es posible, como indica la clausula en el momento de la firma, que mis padres tengan eso en su seguro subido y la cesión al banco, y después de la firma podamos volver a dejarlo como lo tenían, sin la cesión de derechos? Esa clausula no nos supone ningún beneficio en las condiciones.Esta es la clausula: - Estará obligado a tener suscrito en el momento de la firma de la operacion un seguro de daños sobre la/s finca/s hipotecada/s en compañia de seguros de reconocida solvencia aceptada por el banco, incluyendo una clausula de cesión irrevocable de derechos a su favor por importe minimo del valor de tasacion de los bienes hipotecados, excluyendo el suelo.Gracias
    • Juan Betés Novoa
      19 de septiembre de 2018 a las 1:11 pm
      Hola Jose: lo que te solicita el banco respecto a la cesión de derechos es lógico y habitual al avalar tus padres el piso, y por lo tanto en principio mientras el préstamo no quede pagado tendréis que mantener dicha cláusula. Otra cosa será el aumento del valor del continente del piso de tus padres, que sí me parece extraño, ya que al aumentar el continente están dando por hecho que la vivienda de tus padres estaba asegurada por una cantidad menor a la que tendría que estarlo. Si es así no pasa nada, pero si la vivienda ya está bien asegurada y ahora le subís el valor del continente, podría suceder que en caso de siniestro total os apliquen la regla proporcional. Te recomiendo revisarlo y negociarlo con ellos. Suerte
  • Miguel
    1 de agosto de 2018 a las 10:28 am
    Buenos días, A mi pareja la han abierto un seguro de vida vinculado a la hipoteca en la Caixa por el que se reduce un 0,20% el diferencial, pero la cuota mensual del seguro es de mas de 50 euros lo cual consideramos desproporcionado, después de comentar el tema con la responsable de Caixa dice que no se puede anular hasta pasado el primer año. Han pasado dos meses desde la apertura del seguro, por lo que no se si ahora se puede anular, y si fuese posible, de que forma habría que proceder?Muchas gracias y saludos
    • Juan Betés Novoa
      3 de agosto de 2018 a las 10:07 am
      Hola Miguel: Si han transcurrido 2 meses desde que entró en vigor el seguro tendréis que esperar al vencimiento anual para poder anularlo. Basta con preavisar con un mes de antelación al vencimiento que no estás interesado en renovarlo. Si estás interesado en sustituirlo por uno más económico nosotros podemos encargarnos de darlo de baja y de facilitarte las mejores ofertas. Basta con que nos escribas un email a clientes@puntoseguro.com indicando tu nombre, teléfono y fecha exacta de vencimiento del seguro y nos pondremos en contacto llegado el momento. Muchas gracias
  • Tomás
    11 de julio de 2018 a las 8:09 pm
    Hola, buenas tardes. Estoy a punto de contratar una hipoteca y estoy teniendo bastantes problemas con las entidades bancarias. Pido el 80%, un total de 162000 euros. El 20% más gastos lo tengo ahorrado. Soy cliente del BBVA desde el año 2001. Ya he tenido una hipoteca con ellos de 150 mil euros a 30 años, que pagué en 10 años.Soy funcionario, con unos ingresos de más de 2000 euros en mi nómina, y les he pedido que me apliquen el convenio de muface, que se trata de Euribor+0,85, requisito nómina y seguro con la compañía que tú quieras.Mi sorpresa ha sido que el banco me exige que contrate un seguro de protección de pagos, a nombre del mutualista que soy yo, por el 100% de la hipoteca y con una prima anual de 1165 euros.Yo les digo que quiero que me apliquen el convenio de muface y dicen que sí que me lo aplican, pero que el departamento de riesgos ha determinado que es preciso contratar ese seguro. No sé si podré anularlo al año, pero me parece una bestialidad lo que me quieren meter, y me indigna bastante, ya que ofrecen un convenio que luego a mi entender no cumplen. Mi intención es no pagar ni un año de ese seguro, pero parece complicado que lo pueda conseguir. Para colmo, actualmente tengo contratado un seguro de vida con el BBVA, con el que ya llevo 11 años y pago unos 40 euros al mes. Les digo que ya tengo un seguro de vida y dicen que eso da igual, que tengo que contratar uno vinculado a la hipoteca.Por otro lado, tengo la opción de hacer la hipoteca con el banco Sabadell, que es el que financia la obra, por lo tanto me ahorro unos 5000 euros en gastos de hipoteca. Me lo dejan con Euribor + 0,75, pero tengo que contratar seguro de vida+seguro de hogar. El seguro de vida, modalidad PUF, es decir 6500 euros financiados añadidos a la hipoteca. Si consiguiese bajar un poco ese seguro de vida, me decantaría por el Sabadell, pero se niegan a bajármelo. Si lo anulo dentro de los 30 días tras firmar la poliza, me subiría el diferencial +0.40. Si anulo el de vida me sube 0.10 En fin, a mí me gustaría hacerlo con el BBVA, pero si me respetasen el convenio de muface y no me exigiesen contratar ese seguro de protección de pagos. ¿Algún consejo para que pueda hacer que alguno de estos bancos me quiten esas vinculaciones? Estaba pensando en ofrecerles domiciliar también la nómina de mi mujer, que es de casi 700 euros, pero no sé, parece que les da igual las nóminas y los clientes, ellos solo quieren contratar seguros, por lo que deduzco que deben de ingresar unas muy buenas comisiones por cada seguro que contratan. Esto último lo digo, porque al BBVA le he dicho que me voy a ir del banco con la nómina y me han dicho que lo saben y que es lo que hay. Increíble pero cierto, les da igual perder clientes, anteponen su política de venta de seguros.
    • Juan Betés Novoa
      12 de julio de 2018 a las 12:20 pm
      Hola Tomás: Los bancos pueden mejorarte el diferencial si contratas sus seguros, pero no pueden vincular el préstamo a la contratación de sus seguros. Es importante que tengas ésto claro. Por lo tanto puedes perfectamente firmar el préstamo y los seguros que te pongan por delante y cancelar unilateralmente los mismos en el plazo de 30 días sin dar explicaciones. Llegados este punto lo que tienes que hacer es calcular que diferencia supone pagar un diferencial u otro para ver si te compensa hacer tus propios seguros. Siendo funcionario un seguro de protección de pagos es absurdo por lo que revócalo en plazo y arreglado. Respecto a los datos que me pasas me sale lo siguiente:Datos Capital prestamo hipotecario 160.000 Duración del préstamos 20 Euribor actual -0,18% Diferencial sobre tipo CON Seguro en el Banco 0,85% Diferencial sobre el tipo SIN Seguro en el Banco 1,35% Anual Cuota anual con Seguro en el Banco 8.574,70 € Cuota anual sin Seguro en el Banco 9.018,97 € Diferencia 444,27 € Es decir vas a pagar esa cantidad de más si no haces el seguro de vida y hogar con el banco. Dado que te quieren endosar el seguro de vida a prima única, me juego lo que quieras a que te sale mucho más económico contratar ambos seguros con PuntoSeguro. Serán seguros anuales renovables, lo que significa que podrás cancelarlos cuando tu estimes necesario (imagina que pagas la casa antes) y nos ocuparemos de asesorarte correctamente e incluso de gestionar la revocación vía burofax gratuitamente. Si te interesa comparar nuestra oferta y la del banco facilítanos tu teléfono en clientes@puntoseguro.com o llámanos al 91 435 90 96 y estaremos encantados de ayudarte. Saludos cordiales
  • Ramon
    28 de junio de 2018 a las 11:35 am
    Hola,Acabo de contratar una novación de hipoteca (12 Junio) y acepté contratar un seguro de vida.Ahora veo que no me compensa tenerlo, ya que la prima anual es de 1.186€, cuando con el diferencial "sólo" perdería 39€ al mes (es un capital de 210.000 a 175 meses, con 1,65% de interés fijo y debería sumar 0,40 por no hacer el seguro de vida).He visto que puedo cancelarlo unilateralmente antes de 30 días enviando un burofax a la entidad aseguradora (no al banco). Pero en la condiciones de rescisión del seguro aparece:El asegurado podrá solicitar mediante escrito a NNNN la rescisión del seguro, siempre que el crédito vinculado hubiera sido totalmente amortizado. Si el asegurado no solicitara la rescisión, se mantendría como asegurado hasta la fecha de vencimiento prevista. Asimismo, en el caso de amortización parcial de crédito, el seguro seguirá manteniendo su cobertura en función de lo estipilado en el apartado de Suma Asegurada. El valor de rescisión de contrato será igual al 100% de la Provisión Matemática correspondiente a esa operación de seguro a la fecha de rescisión solicitada, todo ello calculado conforme a la Base Técnica Actuarial utilizada para el cálculo de la prima. El importe de la provisión matemática es el valor actual actuarial de las obligaciones del Asegurador y representa el montante que la Aseguradora tiene que tener constituido para hacer frente a todos los riesgos y costes inherentes a la operación asegurada. Dicho importe es certificado por un actuario. El asegurado podrá rescindir el contrato mediante notificación escrita al asegurador, con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del periodo del seguro en curso. A su vez, el asegurador no podrá oponerse a la prórroga del contrato.Puedo solicitar la cancelación aunque diga que el crédito vinculado hubiera sido totalmente amortizado? Que significa "El valor de rescisión de contrato será igual al 100% de la Provisión Matemática correspondiente a esa operación de seguro a la fecha de rescisión solicitada"? Tengo que contratar otro seguro de vida y comunicarlo al banco?Gracias y saludos!
    • Juan Betés Novoa
      29 de junio de 2018 a las 10:37 am
      Hola Ramón: Lo que dice el contrato es que una vez hayas pagado el préstamo podrás rescindir el contrato pero eso no limita tu derecho a rescindir unilateralmente el contrato en estos 30 días. Ellos pueden aplicarte un peor diferencial pero eso es todo. No pueden anular el préstamo. Mi consejo es que lo rescindas y para quedar bien cubierto presentes un seguro de vida por el importe del capital pendiente de amortizar poniendo al banco como beneficiario por la cantidad pendiente de amortizar y el resto (por si lo hubiera a tus seres queridos fijándolos nominalmente). Si te interesa que te ayudemos a gestionar la baja y a contratar un nuevo seguro de vida de capital decreciente escríbenos a clientes@puntoseguro.com facilitándonos tu teléfono y nos ponemos en marcha. Muchas gracias
  • inmaculada
    26 de junio de 2018 a las 9:16 am
    Buenos dias, Tengo un seguro de vida obligatorio en mi hipoteca, somos tres titulares y los tres estamos garantizando el total del capital. Tengo intencion de cambiar de aseguradora porque el banco me lo cobra carisimo y queria saber si tenemos que asegurar todos el total o cada uno puede asegurar su parte porque asi abaratariamos muchisimo las polizas. Gracias
    • Juan Betés Novoa
      26 de junio de 2018 a las 1:46 pm
      Hola Inmaculada: Los bancos ya no pueden exigir a los prestatarios que aseguren la hipoteca con un seguro de vida. Otra cosa es que en el contrato que firmasteis aceptaseis contratar un seguro de vida para obtener un mejor diferencial. Revisa tu contrato para ver que dice y echa cuentas. En cualquier caso entiendo que con contratar un seguro de vida por el 100% del capital pendiente de amortizar bastaría. No obstante lo más interesante sería asegurar el capital en función del % de ingresos que supone cada titular del préstamo de forma que si uno falta su parte (y no necesariamente la totalidad) quede cubierta. La decisión es tuya. Saludos
  • Virginia
    18 de junio de 2018 a las 4:13 pm
    Buenas tardes, Me encuentro en una situación parecida a la mayoría de los casos expuestos. Hipoteca a 30 años y nos hacen firmar un seguro de vida y protección de pagos a 5 años en único pago y de hogar que será anual y si no no hay hipoteca, bien claro nos lo ha dicho, que si no es así no les compensa. Les hemos dicho que eso es un chantaje y su respuesta ha sido "es lo que hay" porque nos conceden el 100% del valor del piso y la nomina de mi marido es extranjera... Si nos negamos, no hay hipoteca, podemos anular los seguros después de firmarla? Le he dicho que debía pasarme una oferta con seguros y otra sin seguros y nosotros elegir y han dicho que no por lo que no se que diferencia tendría si los podemos anular. No sabemos que hacer. gracias.
    • Juan Betés Novoa
      19 de junio de 2018 a las 1:23 pm
      Hola Virginia: Nunca contrataría un seguro de prima única, pero dado la situación acepta contratarlo y en cuanto firmes hipoteca y seguro desistes unilateralmente en el plazo de 30 días mediante burofax remitido a la aseguradora. Estarán obligados a devolverte el dinero. Este post te ayudará: https://www.puntoseguro.com/blog/se-puede-cancelar-seguro-de-vida-vinculado-prestamo/ No obstante si te recomendamos contratar un seguro de vida anual renovable que va a ser muchísimo más económico y que dejaría la casa pagada en caso de fallecimiento. Te paso un formulario que puedes utilizar para el burofax en http://www.asesoriayempresas.es/practica/JURIDICO/184724/formulario-desistimiento-de-seguro-de-vida
  • Rosa
    5 de junio de 2018 a las 7:06 pm
    Hola buenas tardes, hace 4 años pedí una hipoteca en Caja España y me obligaron hacer un seguro de vida.Me sale muy cara por ser sola y no tener hijos, tengo familia que se harían cargo en caso de pasarme algo.Quiero quitarla pues he ido haciendo pago y ya no debo tanto puedo hacerlo. Me cobrarían muchos intereses
    • Juan Betés Novoa
      6 de junio de 2018 a las 11:38 am
      Hola Rosa: Necesitaría saber si el seguro de vida que contrataste es anual renovable o de prima única. Pide una copia de tu póliza o condiciones particulares a tu oficina y entérate como afecta al tipo de interés que estés pagando para ver si te merece la pena cancelarlo. Independientemente de lo anterior, si es un seguro anual renovable estás en tu derecho de sustituirlo por otro seguro que contrates fuera del banco (el banco te va a estar cobrando entre un 30 y un 80% más) e incluso quedándote con tu seguro actual de actualizar el capital asegurado por la cantidad que falte por pagar, lo que te ahorrará también bastante dinero. Infórmate de la fecha de efecto del seguro y estaremos encantados de ayudarte a cancelarlo en plazo y forma legal, y a que hagas uno más económico a través de PuntoSeguro :) Saludos
  • Amparo
    29 de mayo de 2018 a las 9:31 am
    Muchísimas gracias Juan.
  • Amparo
    25 de mayo de 2018 a las 9:31 am
    Buenos días, el pasado mes de mayo, mi marido pidió en Cajamar un préstamo de 19.500 € para la compra de un coche; evidentemente nos dijeron que, debía contratar también un seguro de vida, así lo hicimos y las cuotas mensuales se han quedado en 289€. Desgraciadamente en septiembre mi esposo contrajo una grave enfermedad y falleció el pasado mes de marzo. Yo me encuentro en situación de desempleo desde hace 20 años y con la pensión que cobraré de viuda no puedo hacerme cargo, ni me interesa mantener ese coche. Entiendo que, en caso de fallecimiento del tomador, el banco se hace cargo de las cuotas que queden por abonar y yo, podré vender el vehículo sin más. Pero ahora me están pidiendo infinidad de documentos sobre la salud de mi marido, cada vez que voy al banco, me piden que adjunte algún documento más, yo estoy saturada, sin mi marido, sin dinero… y encima, Allianz que es la aseguradora, dándome largas. ¿Me puede indicar, por favor, que puedo hacer al respecto? Muchas gracias de antemano.
    • Juan Betés Novoa
      25 de mayo de 2018 a las 12:36 pm
      Buenos días Amparo: Le recomiendo poner en manos de un abogado este asunto. Es evidente que quieren no pagar alegando que su marido tenía una enfermedad previa a la contratación de la póliza. Lo fundamental aquí es, para el caso de que su marido tuviera una enfermedad preexistente (si no lo tenía no hay motivo para que le den largas) si rellenó personalmente la solicitud del seguro y en concreto las preguntas de salud, si llego la solicitud y si le llegó a preguntar por la enfermedad que tenía.Por mi experiencia pueden existir irregularidades por lo que no pierda el tiempo y contrate un abogado que exija el acceso a toda la información para exigir el pago del capital asegurado. Mucha suerte
  • Ruben
    20 de mayo de 2018 a las 8:25 am
    Buenos días, acabo de comprar un coche y en la parte de la financiación con Cetelem 10.000€ me indican que tengo un seguro de vida de Prima Única del que no he sido informado de 970€. He llamado al comercial del concesionario y al preguntarle por la obligatoriedad de este seguro primero me ha dicho que si y cuando le he hablado de los 30 días que indica el contrato me ha dicho que no pero luego me ha dicho que si me incluyen el seguro es porque también me incluyen un descuento por financiación. Si yo hago uso de mi derecho de desestimiento del seguro dentro de esos primeros 30 días (firmé ayer) tienen derecho a cambiar ese “descuento” de la financiera? Yo ya he pagado la “parte no financiada” entera. Mil gracias de antemano.
    • Juan Betés Novoa
      21 de mayo de 2018 a las 1:43 pm
      Hola Rubén: No tengo acceso al contrato que has firmado pero el simple hecho de que te hayan hecho un seguro de vida sin tu consentimiento y sin hacerte las pertinentes preguntas de salud lo invalida de pleno derecho. Te recomiendo desistir unilateralmente ahora que estás a tiempo y si te obligan a contratar un seguro de vida para garantizar el préstamo no lo hagas nunca a prima única, y no lo hagas con ellos y sí con un mediador especializado. Saludos
  • Nicoleta
    10 de mayo de 2018 a las 9:13 pm
    Hola . Estamos a punto de firmar una hipoteca ,con el Banco Santander, entre tiempo a mi marido lo operaron de un tumor, ahora está curado, y la semana que viene tenemos que firmar los papeles, y dicen que vamos hacer un seguro vinculado a la hipoteca. Si le dice que tuvo cáncer, nos pueden rechazar la hipoteca.? Tenemos ya la señal pagada!
    • Juan Betés Novoa
      14 de mayo de 2018 a las 11:00 am
      Hola Nicoleta: El banco no debe exigir la vinculación del seguro de vida para concederos la hipoteca. Con independencia de lo anterior por supuesto que debéis declarar en el estado de la salud la operación del tumor para que quede constancia por escrito. Si no lo hacéis y el día de mañana tu marido fallece el seguro no pagará el capital asegurado y no habrá valido de nada. Por lo tanto exigir que quede constancia de la operación o no firméis. Saludos
  • 9 de mayo de 2018 a las 1:53 pm
    hola ,pedi prestamo,de 3000e para 5 años ,total me asegurado seguro de vida i seguro de acsidente ,ahora despues de tres meses puedo devolver prestamo,pero solo devuelve un seguro ,de vida i seguro de acsidente me cobrado por 5 años por delante ,como ago,puedo areglar que devuelve ,o prlomenos que cobra un año solo,porque para liquidar prestamo antes de tiempo toca pagar 4312e,ni siquere utilizava el prestamo ,gracias.
    • Juan Betés Novoa
      14 de mayo de 2018 a las 11:05 am
      Hola Virginia: Te tienen que devolver la parte de proporcional de la prima no disfrutada. Si se niegan tendrás que acudir al defensor del cliente y a la DGS. Este post te ayudará: https://www.puntoseguro.com/blog/es-obligatorio-las-aseguradoras-tengan-departamento-de-atencion-al-cliente/. Suerte
  • Daniel Pérez
    30 de abril de 2018 a las 8:35 pm
    Buenas tardes. Pedi al Banco un prestamo personal para la compra de un coche a 5 años, y el banco me obligo a contratar un seguro de vida. Cuando necesitas dinero rapido para una compra importante firmas casi lo que sea con tal de que te lo concedan, firme el seguro con la idea de que una vez con el dinero y la compra efectuada, ejercer mi derecho de desistimiento y anularlo, peroluego en frio lo deje estar, me encuentro en el segundo año y mis condiciones economicas han cambiado por lo que no quiero continuar con el seguro de vida, ya que no me interesa, el seguro es renovable anualmente, mi pregunta es, ¿me pueden obligar a continuar con el seguro, o puedo cancelarlo?, el del banco me dijo que era necesario y estaba vinculado al prestamo, pero te dicen tantas cosas y los que no entendemos mucho de cuentas financieras pues nos lo creemos todo, espero tu contestacion y te agradezco de antemano que me hayas dedicado tiempo a mi consulta. de verdad que es muy importante para mi. Saludos
    • Juan Betés Novoa
      14 de mayo de 2018 a las 11:29 am
      Hola Daniel: Consulta las condiciones que firmaste. Entiendo que no pueden revocar el préstamo por dar de baja el seguro salvo que lo diga expresamente en las condiciones (y no lo vas a encontrar porque es ilegal :) Haz un escrito solicitando la no renovación del seguro de vida llegado el vencimiento anual (tienes que hacerlo con al menos un mes de antelación a la fecha de efecto) y que te lo sellen. De esta forma lo estarás dando de baja de forma legal. Saludos
  • Carmen
    18 de abril de 2018 a las 11:47 pm
    Hola,es normal que mi marido firmara que tiene cubierto el 100 por cien de la hipoteca desde el 2016 ,pagando ese seguro de vida vinculado a la hipoteca y ahora me digan a mi ,en abril del 2018 que tengo que firmar y pagar un seguro de vida vinculado a la hipoteca que cubra el 70 por ciento?acabo de firmar un cuestionario de salud para ver si es factible.Gracias!
    • Juan Betés Novoa
      19 de abril de 2018 a las 3:23 pm
      Hola Carmen: No es normal y no tienes ninguna obligación de contratarlo por lo que no lo contrates, y si lo has contratado ya puedes desistir del mismo los primeros 30 días con la simple comunicación por escrito a tu banco. Si quieres un seguro de vida hazlo con un mediador especializado nunca con el banco. Saludos
  • Melisa
    7 de abril de 2018 a las 4:15 pm
    Hola buenas; La semana pasada firme una hipoteca en este caso de mi suegra y yo como aval, el banco me hizo a mi un seguro de vida de 10 años a prima única, la dije que no me interesaba pero si no, no nos daban la hipoteca... Este seguro esta vinculado a la hipoteca, pero me lo han cobrado a parte en mi cuenta no dentro de la hipoteca, en el banco online me sale la opcion de la devolución del recibo. ¿ Puedo devolverlo antes de los 30 días? Repercutiria en la hipoteca? Tengo que avisar a la aseguradora antes de devolver el recibo? Todavía no e recibido la póliza a mi domicilio ni nada. Un saludo y agradecería su respuesta. Gracias
    • Juan Betés Novoa
      9 de abril de 2018 a las 12:50 pm
      Hola Melisa:Claro que puedes y debes. Envía un burofax en los 30 días siguientes a la firma (la Ley dice que a la entrega de la póliza pero muchas veces los bancos no la entregan aunque ya la has firmado) indicando que te acoges a lo previsto en el artículo 83.a.1 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro bastará para que el asegurador anule ese contrato y, obviamente, devuelva el dinero cobrado. Si en el préstamo hipotecario te pone que te aplican un diferencial mejor por tener un seguro de vida contratado siempre puedes contratarlo de duración anual renovable con quién tu quieras. Será mucho más económico. No lo dejes pasar. Saludos
  • David Marrero
    5 de abril de 2018 a las 1:06 pm
    Buenas tardes me llamo David y el Banco Popular me hizo firmar un seguro de vida por valor de unos 9500€ de prima única y uno de 1200€ de protección de pagos en diciembre de 2013 y con una cláusula qu no recuerdo su nombre para poder digamos que anular dichos seguros a partir de los 5 años(diciembre 2018),podría reclamar la anulación de los mismos ya?.graciasSaludos
    • Juan Betés Novoa
      6 de abril de 2018 a las 11:27 am
      Hola David: Tendría que ver las condiciones particulares de la póliza para contestarte correctamente. Lo importante es que si lo anulas puedas recuperar la prima proporcional no disfrutada. Es decir, si el préstamo era a varios años, pero tú ya lo has amortizado, tienes derecho a que te devuelvan la parte proporcional ya que se te cobró por adelantado. Por la experiencia te auguro un proceso lento pero la razón te ampara. La próxima vez niégate a firmar ningún seguro que no se anual renovable. No te pueden obligar. Saludos
  • Natalia
    20 de febrero de 2018 a las 1:32 am
    Buenas noches, tenemos una hipoteca con el Santander y nos obligaron a hacer un seguro de vida no renovable, me lo hicieron por 30 años que es lo que dura la hipoteca, lo firmamos sin asesoramiento y ahora estamos muy preocupados, lo firmamos esta mañana, estoy a tiempo de cancelar ese seguro? Les agradecería que me contestaran, estamos muy preocupados, gracias
    • Juan Betés Novoa
      20 de febrero de 2018 a las 12:19 pm
      Hola Natalia: Tranquila que tiene solución. Conforme al artículo 83 a) de Ley del Contrato de Seguro tienes 30 días para rescindir unilateralmente la póliza, o lo que es lo mismo "te lo agradezco, pero no". Por lo tanto escribe en una hoja: "Por la presente, yo Natalia... con DNI xxx y conforme al artículo 83 a) de la Ley de Contrato de Seguro les comunico la rescisión unilateral de la póliza XXX de fecha xxx" Tienes más información en https://www.puntoseguro.com/blog/se-puede-cancelar-seguro-una-vez-contratado-sin-esperar-finalice/ y en http://www.dgsfp.mineco.es/Gaspar/SEvencimientoResolucion.asp y si necesitas un seguro de vida anual renovable no dudes en llamarnos al 91 435 90 96 y estaremos encantados de facilitarte nuestras mejores ofertas. Saludos
  • Cristina
    18 de febrero de 2018 a las 11:58 pm
    Buenas noches. Revisando los papeles del coche que me compré en mayo del año pasado, me he dado cuenta que contraté un seguro de vida por 587,77 euros... Obviamente sin saber... (Primer coche que me compro) Podríais decirme si se puede cancelar? Si es bueno o malo tenerlo?... Estoy un poco perdida. Gracias
    • Juan Betés Novoa
      19 de febrero de 2018 a las 12:48 pm
      Hola Cristina: Si tienes familiares a tu cargo o si tienes una cobertura de invalidez contratada siempre es positivo contar con un seguro de vida. Dicho lo anterior si no eras consciente de que lo contratabas es evidente que no fuiste asesorada y por lo tanto es lógico que te interese darlo de baja. Mi consejo es que solicites la póliza que has contratado y mires si está vinculado al préstamo que te hicieron para comprar el coche o no. Lo habitual es que sea anual renovable, por lo que si quieres darlo de baja te recomiendo hacerles un escrito con al menos un mes de antelación a la fecha en que entró en vigor la póliza solicitando la no renovación haciendo constar el número de la póliza, la compañía, tu firma y una copia de tu DNI. Saludos
  • Jose
    29 de enero de 2018 a las 11:08 pm
    Buenas. Yo tengo una Hipoteca y me obligaron a hacer un seguro de hogar y otro de vida. Pasado mañana me toca abonar el segundo año de seguros. Entiendo que ya sólo puedo optar por dar de baja de aquí a 11 meses. Quisiera saber en qué fijarme para saber en qué me va a repercutir el dar de baja los seguros con el banco. Para mí el de vida es anual y renovable año a año. Donde puedo saber en qué me va a repercutir?
    • Juan Betés Novoa
      30 de enero de 2018 a las 12:17 pm
      Hola Jose: Efectivamente para comunicar la no renovación de tu póliza debes de hacerlo con un mes de antelación por lo que deberás darlo de baja el año que viene. Respecto a las consecuencias que tenga el no hacer el seguro con ellos, los bancos suelen aplicar un tipo de interés a pagar y cuando se tienen los seguros contratados suelen mejorar ese tipo de interés. Lo que tienes que hacer es revisar que bonificación te están aplicando y ver si te merece la pena o no. Por nuestra experiencia suele ser bastante mejor hacer el seguro con la aseguradora o el mediador que con el banco, pese a la penalización. Si te interesa puedes facilitarnos tus datos de contacto a clientes@puntoseguro.com confirmando la fecha de efecto de tu seguro y te contactaremos con la debida antelación para ver si te beneficia cambiarte y de ser así facilitarte nuestra mejor oferta. Gracias y saludos
  • Gloria Elsa Santibañez
    16 de enero de 2018 a las 5:20 am
    Hola buenos dias La Caixa nos hizo un préstamo, obligandonos por supuesto a contratar un seguro de accidentes y un pack familiar que no se ni que es, porque nunca nos dieron el contrato. La cuestión es que vamos a pagar anticipadamente la totalidad del prestamo y nos dicen que tenemos que mantener los seguros hasta terminar la vigencia de la póliza...es esto legal?
    • Juan Betés Novoa
      16 de enero de 2018 a las 12:24 pm
      Hola Gloria: Ni caso, exige por escrito la no renovación de tus seguros con un mes de anticipación al vencimiento anual de cada póliza (si no tienes dicha información exige que te den copia de tus pólizas y si no acceden ponles una hoja de reclamación) y que les vaya bonito. Si se niegan escribes al defensor del cliente y ante la falta de respuesta, queja a la DGS. Ánimo
  • hernan mauricio alvear bravo
    3 de octubre de 2017 a las 10:19 pm
    Hola buena tarde, en que caso la aseguradora puede cancelar el seguro contratado por un préstamo?
    • Juan Betés Novoa
      4 de octubre de 2017 a las 12:30 pm
      Hola Hernan: La aseguradora podrá cancelar el seguro contratado en el caso de que se llegue a la fecha de finalización del seguro que venga expresamente en la póliza, en el caso de que se comunique la no renovación con un mes de antelación, en el caso de que el asegurado desista del seguro en los primeros 30 días tras la contratación del seguro, o en el caso de que se produzca el impago de las primas por parte del asegurado.
  • 27 de julio de 2017 a las 7:14 pm
    Bueno, no es obligación tomar los seguros que te ofrecen con los préstamos, pero muchas veces no te informan de estos o por no leer los contratos terminamos amarrados a un seguro que jamás quisimos. Por eso es importante estar informado de todo al momento de pedir un préstamo o tener claro si podemos renunciar o no a estos seguros, que debería de ser así en todos los casos.
  • angel luis portilla perez
    21 de febrero de 2017 a las 8:02 pm
    buenas tardes. Hace tres meses contrate un prestamo con el banco santander de 55.000 euros y me obligaron a sacar, para cocedermelo, 65.000 euros y asi pagar un seguro de vida de 9.500 euros es legal obligarme a sacar este seguro y de esa cantidad es casi un 20 % del lo solicitado. gracias
    • Juan Betés Novoa
      22 de febrero de 2017 a las 12:25 pm
      Hola Ángel: Legal es en cuanto en el momento en que te dejan el dinero tu tienes la posibilidad de rechazar el acuerdo por ser perjudicial para tus intereses. Al ser un contrato privado si se te informo convenientemente es legal. Otra cosa es que sea ético, que en mi humilde opinión no lo es. Legalmente no estás obligado a contratar un seguro de vida con el préstamo y en tu caso concreto tendrían que haberte hecho un seguro de vida riesgo anual renovable ya que lo que han hecho es cobrarte un seguro a prima única de forma que no puedas llegado el momento sustituirlo por otro que te saldría mucho más económico. Incluso si luego amortizas antes el préstamo te pondrán pegas para devolverte la diferencia. Te queda intentar negociar con ellos pero si hay próxima vez no aceptes nunca un seguro de prima única. Suerte y saludos
  • Montse Pi
    15 de enero de 2017 a las 2:11 pm
    Buenas tardes, Mi pareja ha contratado un seguro de vida a 5 años, con La Caixa que le ha concedido un credito por este periodo. Si cancela el crédito antes de este tiempo, tiene derecho a la devolución del importe del seguro no utilizado?Muchas gracias,Montse
  • 21 de junio de 2016 a las 7:34 am
    Efectivamente es muy recomendable hacer este tipo de seguros, lo que ocurre es que las entidades financieras siguen haciendo una práctica poco ética como es decirle al cliente que es OBLIGATORIO hacerlo. Naturalmente, con ellos.

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