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¿Quién paga los daños provocados por un coche sin seguro, desconocido o robado?

seguro de coche robado

Artículos sobre Seguros de Auto

¿Qué ocurre en los siniestros en los nadie se hace cargo de los daños al tratarse de un coche sin seguro o un coche robado? ¿Quién se hace cargo de los daños y las indemnizaciones? En este artículo te contamos quién se hace  cargo de los daños causados por un coche sin seguro, desconocido o robado.

⇒Lee esto también: ¿Cómo se hace la tramitación de un siniestro tras un accidente de tráfico?

Daños causados por coche sin seguro, desconocido o robado: el CCS a rescate

Si sufres daños por  causados por coche sin seguro, desconocido o robado no te quedarás tirado. El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) debe hacerse cargo de las indemnizaciones, con los mismos límites económicos del aseguramiento de suscripción obligatoria. Concretamente, el CCS se hace cargo de las indemnizaciones en los siguientes casos:

  • Daños personales por siniestros ocurridos en España, en los casos en que el vehículo causante sea desconocido.
  • Daños en personas y bienes, ocasionados con un vehículo que tenga su estacionamiento habitual en España, así como los daños ocasionados dentro del territorio español a personas con residencia habitual en España, o a bienes de su propiedad situados en España, con un vehículo con estacionamiento.
    habitual en un tercer país no firmante del Acuerdo entre las oficinas nacionales de seguros de los Estados miembros del Espacio Económico Europeo y de otros Estados asociados; siempre que el vehículo no esté asegurado.
  • Daños en personas y bienes ocasionados por un vehículo con estacionamiento habitual en España que esté asegurado y haya sido objeto de robo o robo de uso.
  • En los supuestos en que exista controversia entre el Consorcio de Compensación de Seguros y la entidad aseguradora acerca de quién debe indemnizar al perjudicado.
  • Daños en personas y bienes cuando la entidad española aseguradora del vehículo con estacionamiento habitual en España hubiera sido declarada judicialmente en concurso o, habiendo sido disuelta y encontrándose en situación de insolvencia, estuviera sujeta a un procedimiento de liquidación intervenida o esta hubiera sido asumida por el propio Consorcio.
  • Reembolsar las indemnizaciones satisfechas a los perjudicados residentes en otros estados del espacio económico europeo por los organismos de indemnización, en los siguientes supuestos:
    • Cuando el vehículo causante del accidente tenga su estacionamiento habitual en España, en el caso de que no pueda identificarse a la entidad aseguradora.
    • Si el accidente ha ocurrido en España, en el caso de que no pueda identificarse al vehículo causante.
    •  Cuando el accidente haya ocurrido en España, en el caso de vehículos con estacionamiento habitual en terceros países adheridos al sistema de certificado internacional del seguro del automóvil (en adelante, carta verde) y no pueda identificarse a la entidad aseguradora.
  • Daños en personas y bienes derivados de accidentes ocasionados por un vehículo importado a España desde otro estado miembro del espacio económico europeo; siempre que el vehículo no esté asegurado y el accidente haya ocurrido dentro del plazo de 30 días a contar desde que el comprador aceptó la entrega del vehículo.

En los supuestos de no aseguramiento y de robo, quedan excluidos de la indemnización por el Consorcio los daños en las personas y en los bienes sufridos por aquellas personas que ocuparan de forma voluntaria el vehículo que haya causado el siniestro, y que conocieran que el vehículo no estaba asegurado o que había sido robado, siempre que el Consorcio probase que conocían tales circunstancias.

⇒Lee esto también: ¿Cuándo se hace cargo de los daños el Consorcio en siniestros con un vehículo?

Reclamar la indemnización al Consorcio por daños sufridos en accidente de circulación por un coche sin seguro o desconocido

A continuación veremos qué podemos reclamar al Consorcio en caso de siniestro causado por un coche sin seguro y cómo:

Daños materiales

Para reclamar daños materiales hay que presentar la hoja de comunicación de siniestro y una fotocopia DNI del perjudicado y perceptor de la indemnización —si no coinciden—. También hay que presentar los datos bancarios, el atestado y el presupuesto/factura de reparación

Daños personales

Para reclamar daños personales, además de lo anterior, hay que presentar:

  • la hoja de comunicación de siniestro
  • una fotocopia DNI del perjudicado y perceptor de la indemnización —si no coinciden—
  • los datos bancarios,
  • los partes de baja/alta médica  hospitalaria, un informe del Médico Forense o, en su defecto, del centro asistencial y un auto ejecutivo original o copia autenticada por el Juzgado

En caso de fallecimiento

Si se produce algún fallecimiento, hay que presentar un certificado de Últimas Voluntades, el testamento o, en su defecto de testamento, una declaración de herederos o acta de notoriedad.

En caso de accidente causado por un vehículo desconocido, los daños están cubiertos. Los daños personales y el fallecimiento siguen los mismos preceptos.

⇒Lee esto también: Cómo reclamar por daños sufridos en accidente de circulación ante el Consorcio de Compensación de Seguros

Reclamar la indemnización al Consorcio por daños sufridos en accidente de circulación por un vehículo robado

En caso de accidente causado por un vehículo que ha sido robado, el Consorcio de Compensación de Seguros se hace cargo de los daños personales y materiales en los siguientes términos y presentando la siguiente documentación:

Daños materiales

Para reclamar daños materiales causados por un vehículo robado hay que presentar:

  • Hoja de comunicación de siniestro
  • Fotocopia DNI del perjudicado y perceptor de la indemnización,si no coinciden
  • Datos bancarios
  • Denuncia de sustracción del vehículo
  • Boletín de recuperación del vehículo
  • Atestado
  • Escrito de la Compañía del otro vehículo, rehusando la reclamación
  • Presupuesto/factura de reparación

Daños personales

Para reclamar daños personales causados por un vehículo robado hay que presentar:

  • Hoja de comunicación de siniestro
  •  Fotocopia del DNI/NIF del perjudicado y del perceptor de indemnización, si no coinciden
  • Datos bancarios
  • Denuncia de sustracción del vehículo
  • Boletín de recuperación del vehículo
  • Atestado
  • Escrito de la Compañía del otro vehículo, rehusando la reclamación
  • Informe del Médico Forense o, en su defecto, del centro asistencial
  • Partes de baja/alta médica  hospitalaria
  • Auto ejecutivo original o copia autenticada por el Juzgado

En caso de fallecimiento en un accidente causado por un vehículo robado, hay que presentar los mismos papeles que en caso de producirse la muerte en un accidente causado por un vehículo sin seguro o un vehículo desconocido; a saber:

  • Certificado de Últimas Voluntades
  • Testamento, en su defecto, declaración de herederos o acta de notoriedad

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Escrito por:
Eva María Rodríguez

Eva María Rodríguez

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Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

2 comments on "¿Quién paga los daños provocados por un coche sin seguro, desconocido o robado?"

    Eva María Rodríguez
    Hola, Miguel: Se puede contactar con el CCS de 9 a 18 horas de lunes a viernes en el teléfono 900 222 665.
    24 de noviembre de 2021 a las 9:17 a. m.
    Miguel Angel
    gran artículo, muchas gracias. ¿es fácil contactar con el consorcio de Compensación de Seguros? ¿Suelen dar respuesta? igualmente agradezco mucho la información expuesta. es muy clara y útil. No siempre se conoce quién te ha dado un golpe
    23 de noviembre de 2021 a las 5:53 p. m.

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