El objetivo principal de contratar un seguro de vida es asegurar capital para cubrir imprevistos y garantizar tranquilidad económica a los asegurados y sus familias. En este artículo te explicamos quién es el beneficiario de un seguro de vida en caso de fallecimiento.
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Qué significa ser beneficiario de un seguro de vida
Cuando se contrate un seguro de vida en caso de fallecimiento, el beneficiario es la persona designada por el asegurado para recibir el pago de la prestación asegurada en caso de fallecimiento. Hay que tener en cuenta que cualquier persona puede tener la condición de beneficiario de un seguro de vida, ya que es el tomador quien lo designa, con independencia de que tenga o no parentesco con el asegurado.
Designación de beneficiarios
Los beneficiarios pueden ser designados por el asegurado de dos maneras:
- De forma expresa:cuando el asegurado los designa con nombres y apellidos
- De manera genérica: cuando el asegurado no hace la designación refiriéndose a personas específicas, sino que solo indica su parentesco; por ejemplo: hijos, cónyuge, herederos, sobrinos, etc.
Cuando el asegurado no haya designado genérica o expresamente a los beneficiarios del seguro de vida contratado, se estará al orden de prelación establecido en la póliza, tal como aparece en el Boletín de Adhesión; la cual debía ser firmada por el asegurado al contratar el seguro de vida y en el Certificado emitido. Según esta orden, el beneficiario sería en primer lugar el cónyuge supérstite. Si faltare, los beneficiarios serían los hijos sobrevivientes del asegurado en partes iguales.
Si no hay hijos o si no están vivos, los beneficiarios serían los padres del asegurado (en partes iguales o el sobreviviente por la totalidad). Además, en su defecto, los herederos legales del causante serían los beneficiarios del seguro de vida.
La designación de beneficiario o beneficiarios del seguro de vida podrá ser cambiada o modificada en cualquier momento mientras la póliza esté vigente. Para hacerlo hay dos formas: puede hacerse mediante comunicación escrita al asegurador o mediador de seguros, o indicándolo expresamente en el testamento.
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Designación genérica de beneficiarios
En los seguros de vida es habitual designar a los beneficiarios de forma genérica. Esto implica que el asegurador debe interpretar correctamente la voluntad del asegurado al momento de efectuar el pago del capital asegurado en caso de fallecimiento.
Dos situaciones comunes de designación genérica de beneficiarios son las siguientes:
- Designación genérica a los hijos: si el asegurado designa como beneficiarios a sus hijos de manera genérica, se entenderá que todos los descendientes del asegurado que tengan derecho a herencia serán considerados como beneficiarios, sin ninguna excepción. Esto incluye a hijos biológicos, adoptados y, en algunos casos, a aquellos reconocidos judicialmente o por testamento.
- Designación genérica al cónyuge: cuando el asegurado designa de forma genérica a su cónyuge como beneficiario, se considerará como tal a la persona que ostente dicha condición en el momento del fallecimiento del asegurado, independientemente de si la pareja contrajo matrimonio antes o después de la suscripción del seguro de vida. Es importante destacar que, en caso de divorcio, la ex pareja dejará de ser beneficiaria, a menos que se especifique lo contrario en el contrato.
Es especialmente importante revisar esta designación cuando hay cambios familiares importantes, especialmente en caso de separación o divorcio, o cuando cambia la situación sentimental del asegurado.
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Distribución de la indemnización cuando hay varios herederos
La distribución de la indemnización entre los beneficiarios puede variar según las especificaciones establecidas en el contrato del seguro de vida.
Dos posibles escenarios son estos:
- Distribución por partes iguales: si el asegurado no establece una distribución específica, y existen varios beneficiarios, la indemnización se dividirá por partes iguales entre ellos. Por ejemplo, si hay tres hijos designados como beneficiarios, cada uno de ellos recibirá un tercio del capital asegurado.
- Distribución en proporción a la cuota hereditaria: si el asegurado ha designado de manera genérica a sus herederos como beneficiarios, la indemnización se distribuirá en función de la cuota hereditaria de cada uno, de acuerdo con las leyes de sucesiones aplicables. Esto implica que cada beneficiario recibirá un porcentaje de la indemnización según su participación en la herencia global del asegurado, a menos que se haya pactado otra forma de distribución en el contrato de seguro.
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Qué significa por designar beneficiarios por orden preferente y excluyente en los seguros de vida
Otro concepto que es importante conocer es el de designación de beneficiarios por orden preferente y excluyente. Designar beneficiarios por orden preferente y excluyente significa que la primera persona designada es la beneficiaria y que excluye al resto. Por ejemplo, si en un seguro de vida el tomador ha designado por orden preferente y excluyente a su cónyuge en primer lugar, la beneficiaria será el/la cónyuge actual. Sin en el momento del fallecimiento de asegurado su cónyuge ya hubiese fallecido, los beneficiarios serían los siguientes en la lista. Si fueran, por ejemplo, los herederos legales, la indemnización la cobrarían estos.
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Los beneficiarios son los únicos con derechos a cobrar la indemnización del seguro de vida
Es importante recordar que los beneficiarios son los únicos con derechos a cobrar la indemnización del seguro de vida. El parentesco o la consanguinidad no implican el derecho a cobrar la indemnización de un seguro de vida, a no ser que no haya beneficiarios, en cuyo caso la indemnización pasaría a formar parte del patrimonio del tomador. En este caso, los herederos cobrarían lo que les correspondiera como parte de la herencia. Pero solo en este caso.
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Para cobrar un seguro de vida es necesario solicitarlo a la aseguradora
Ser beneficiario de un seguro de vida no implica que, al fallecer el asegurado, la compañía vaya a pagar la indemnización. De hecho, que para que la asegurada pague la indemnización hay que solicitarla. Si no, la indemnización se queda sin cobrar.
Sin embargo, mucha gente no lo hace. Unos, porque desconocen que son beneficiarios de la póliza. Otros, porque piensan que tienen que pagar algo o aceptar una herencia que no desean o cuyos impuestos no pueden afrontar. Sin embargo, hay que tener en cuenta que para cobrar el seguro de vida no es necesario aceptar la herencia, porque son cosas diferentes.
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