Si estás buscando un seguro de vida estarás viendo que todas las aseguradoras ofrecen como cobertura principal el fallecimiento por cualquier causa, por lo que es lógico pensar que en caso de fallecimiento nuestros beneficiarios recibirán el capital asegurado en cualquier caso.
Por lo general esto es así, y no hay motivos para preocuparse. Sin embargo, desde PuntoSeguro.com os recomendamos leer con calma las condiciones generales del seguro que vayáis a contratar con el fin de descubrir si el seguro tiene algún tipo de exclusión y si nos puede afectar.
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Qué es una exclusión
Una exclusión es una situación que en el caso de producirse no quedará cubierta por el seguro de vida. Es de decir, es una eventualidad que, de ocurrir, no genera obligación de indemnización por parte de la compañía aseguradora.
Las exclusiones están detalladas explícitamente en el contrato de la póliza, y su propósito principal es limitar el riesgo que asume el asegurador. En el caso de los seguros de vida y, específicamente, en la cobertura de fallecimiento por cualquier causa, estas exclusiones pueden estar vinculadas a circunstancias específicas de la muerte.
Por lo tanto, es de vital importancia que, antes de contratar cualquier tipo de seguro, el futuro asegurado lea detenidamente todas las cláusulas del contrato, incluyendo las exclusiones, para tener un entendimiento claro de lo que está y no está cubierto por su póliza.
Exclusiones en el seguro de vida
En la inmensa mayoría de los seguros de vida comercializados en España existen unas exclusiones generales a la garantía de fallecimiento por cualquier causa que debéis conocer antes de contratar. Las vemos a continuación.
El suicidio durante el primer año de la póliza
Es común que las pólizas de seguros de vida excluyan la cobertura en caso de suicidio durante el primer año. Esta cláusula, aunque puede parecer dura, busca prevenir la contratación del seguro con la intención premeditada de terminar con la vida del asegurado.
¿Parece lógico no?
Aun así, tenemos constancia de un asegurado que, conociendo la exclusión, optó por quitarse la vida al día siguiente de la renovación de su seguro de vida.
Aunque este triste hecho es muy infrecuente, cabe preguntarse por qué esta exclusión solo dura el primer año.
Fallecimiento derivado del descenso en paracaídas que no sean consecuencia de una situación de emergencia
Las pólizas de seguro suelen excluir la cobertura en caso de fallecimiento durante la práctica de paracaidismo recreativo. Se entiende que esta actividad entraña un riesgo adicional y elevado que el asegurador no está dispuesto a asumir. La exclusión no se aplica si el descenso en paracaídas se realiza como un medio de salvamento en una situación de emergencia.
Fallecimiento causado por una catástrofe nuclear
Dadas las consecuencias devastadoras y la magnitud de una catástrofe nuclear, los seguros de vida suelen excluir esta causa de fallecimiento de sus coberturas. Este tipo de eventos extraordinarios y de alta intensidad suelen ser inasumibles para las aseguradoras por su potencial impacto financiero.
Fallecimiento por conflictos armados y catástrofes naturales
Las pólizas de seguros de vida habitualmente excluyen los fallecimientos derivados de conflictos armados o catástrofes naturales. Al tratarse de eventos de gran escala, las aseguradoras suelen considerar que el riesgo es demasiado alto para ser cubierto.
Accidentes o enfermedades preexistentes
Las enfermedades o lesiones previas a la contratación de la póliza a menudo no están cubiertas por los seguros de vida. Esta exclusión busca prevenir el aseguramiento de riesgos ya conocidos por el contratante y que, por tanto, tienen una alta probabilidad de ocurrencia.
Deportes de riesgo no declarados
Al contratar un seguro de vida, es importante declarar la práctica de deportes de riesgo. Si el asegurado fallece practicando un deporte de alto riesgo no declarado, la aseguradora podría no indemnizar a los beneficiarios de la póliza.
Casos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros
El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública que cubre ciertos riesgos extraordinarios no cubiertos por las aseguradoras convencionales, como los actos terroristas. Las pólizas de seguros de vida suelen excluir estos casos al estar ya cubiertos por el Consorcio.
Asesinato por uno de los beneficiarios
Ser asesinado por uno de los beneficiarios es una de las exclusiones de los seguros de vida (resulta claro que en estos supuestos te equivocaste de beneficiarios 😉). Por lo tanto, esta cláusula busca evitar incentivar acciones delictivas con la intención de cobrar la indemnización.
Fallecimiento bajo los efectos del alcohol o las drogas
Los seguros de vida suelen excluir la cobertura en caso de fallecimiento del asegurado bajo losefectos del alcohol (superando los límites legales) o las drogas. Esta exclusión se basa en la consideración de que estas sustancias aumentan el riesgo de fallecimiento.
Fallecimiento durante la comisión de un hecho delictivo
Finalmente, los seguros de vida suelen excluir la cobertura si el fallecimiento del asegurado ocurre durante la comisión de un acto delictivo. Esta cláusula busca evitar que los seguros puedan ser utilizados para incentivar comportamientos ilegales.
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