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¿Qué información debe aparecer en la póliza de seguros?

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La póliza de seguros es un contrato entre una compañía asegurada y un cliente. En este contrato deben quedar reflejados tanto los derechos como los deberes de ambas partes y, al firmarlo, ambas partes dan su consentimiento y declaran haber leído, comprendido y aceptado dichos derechos y obligaciones. En este artículo hablamos sobre qué información debe aparecer en la póliza de seguros.

⇒Lee esto también: Claves para ahorrar al contratar un seguro

Lo que nunca debe faltar en una póliza de seguros

Independientemente de qué tipo de seguro de se trate, en la póliza deben constar siempre, por una parte, los datos personales de las partes implicadas y, por otro, los elementos formales de la póliza.

Datos personales

Es decir, los datos de las personas físicas o jurídicas que intervienen.

  • En este caso lo habitual es que, por una parte, esté la compañía de seguros y, por otra, el tomador del seguro, que es la persona que firma el contrato.
  • Si el asegurado fuera otro diferente al tomador, también hay que dejar constancia de ello.
  • En algunos casos, también es importante que en la póliza se especifique quién es el beneficiario, es decir, la persona que recibirá la indemnización en caso de que se produzca el siniestro.

 Elementos formales

Es decir, los elementos que caracterizan cada seguro en concreto.

  • Objeto de la póliza: El objeto de la póliza puede variar en función del de seguro, y puede ser  de tipo material (por ejemplo, en los seguros de coche o en los seguros de hogar) o referente a la condición física (por ejemplo, en los seguros de vida o en los seguros de accidentes).
  • Fecha en que comienzan las coberturas y su duración y, si procede, la carencia.
  • Las primas que debe pagar el asegurado
  • El límite máximo de la indemnización en caso de siniestro
  • La suma asegurada
  • Los riesgos que quedan cubiertos por la póliza y sus límites
  • Los deberes y derechos que vinculan a ambas partes

Apéndice

De manera adicional, conviene que el contrato contenga un apéndice que recoja el significado de los términos más usados, que sirve como punto de referencia para comprender mejor las cláusulas del mismo.

⇒Lee esto también: Claves para interpretar las pólizas de seguros

¿Qué pasa con los contratos imprecisos?

Podemos encontrar que algunas pólizas incluyen cláusulas que pueden parecer poco precisas en los contratos o que utilizan un lenguaje tan complicado y leguleyo que puede dar lugar a malas interpretaciones y malentendidos.

En estos casos, lee bien todas las cláusulas y asegúrate de preguntar todo lo que no entiendas y de solicitar los cambios que consideres oportunos, porque cuando firmas ya no tienes nada que hacer. Las aseguradoras están obligadas por ley a explicarte todo lo que no entiendas y ofrecerte toda la información que necesites de una manera comprensible.

⇒Lee esto también: Tienes que leer el contrato de seguro antes de firmar, sobre todo si lo contratas con el banco

La «letra pequeña»

La letra pequeña de los contratos de seguro tiene muy mala fama, pero no tiene por qué esconder nada sospechoso. Sin embargo,  sí que puede incluir ciertas limitaciones u obligaciones con las que la persona que quiere contratar el seguro no esté de acuerdo o que necesiten aclaración, o incluso que pueden beneficiarle más de lo que esperaba.

Una vez más, es más que recomendable leer bien todo el contrato y asegurarse que se cumplen todas las condiciones pactadas verbalmente.

⇒Lee esto también: ¿Qué debo saber antes de contratar un seguro?

Cláusulas abusivas

Los contratos de seguro se basan en dos principios fundamentales: la seguridad jurídica y la buena fe.  Cualquier cláusula que vaya contra los principios de seguridad jurídica y buena fe es una cláusula abusiva. También se considera abusiva la omisión de información sobre detalles importantes de la póliza de seguro, como son los que se refieren al riesgo que cubre y a sus prestaciones.

En caso de sospecha, lo primero que hay que hacer es contactar con la aseguradora para solicitar una explicación y, en su caso, renegociar el seguro. En caso de no alcanzar un acuerdo se puede enviar una queja a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

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Escrito por:
Eva María Rodríguez

Eva María Rodríguez

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Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

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