No poder trabajar debido a una lesión o enfermedad no es un plato de buen gusto. Puede que te quede una pensión para toda la vida, en incluso que puedas cobrar el seguro de vida si tenías contratada la garantía de incapacidad permanente y absoluta; pero, con todo y con eso, la salud no tiene precio.
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Grados de incapacidad permanente
Conseguir que se reconozca una invalidez, del tipo que sea no es algo fácil y, en el caso de que sea una incapacidad permanente y absoluta para la que tenías una cobertura en el seguro de vida, no siempre la aseguradora estará de acuerdo.
De cara a la Seguridad Social, existen cuatro grados de incapacidad permanente. Estos grados sirven para determinar el nivel de capacidad de los trabajadores y, en función de eso, aplicar la fórmula para calcular la prestación que debe percibir. Estos grados son:
1. Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual
2. Incapacidad permanente total para la profesión habitual
3. Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo
4. Gran invalidez
Es en los casos de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez en los que la persona sufre queda inhabilitada para trabajar en todas las profesiones y oficios. Es en estos casos en los que podría reclamarse el seguro de vida, si se tiene esa cobertura contratada. No obstante, los peritos del seguro tienen derecho a revisar el caso y, en caso de no estar de acuerdo, podrán denegar la indemnización, en cuyo caso el asegurado podrá reclamar.
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Pensión por incapacidad absoluta: requisitos y cuantía
Para poder solicitar una pensión vitalicia por incapacidad absoluta el trabajador debe acreditar los siguientes requisitos:
- No haber alcanzado la edad de jubilación, y en el caso de que ya la tenga, no tener derecho a cobrar la jubilación contributiva por no reunir los requisitos necesarios.
- Estar afiliado y dado de alta en la Seguridad o en situación asimilada al alta. También se contempla la posibilidad de encontrarse en situación de no alta.
La prestación por incapacidad permanente absoluta equivale al 100% de la base reguladora. Por otra parte, si esta ha sido a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la pensión puede incrementarse entre un 30% y hasta un 50 % si ha sido por negligencia del empresario (este recargo será abonado por el empresario). Además, en algunos casos de accidente laboral o enfermedad profesional se puede solicitar una indemnización.
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Cuándo se extingue el derecho a prestación por incapacidad permanente absoluta
En cuanto a la finalización del derecho a la prestación por incapacidad permanente absoluta o invalidez absoluta, esta se extingue cuando se dé alguno de los siguientes casos:
- Si el trabajador actúa de forma fraudulenta
- Si la invalidez absoluta tenga lugar o se agrave a consecuencia de imprudencia temeraria del beneficiario
- Cuando la incapacidad se agrave o sea consecuencia del abandono del tratamiento médico del beneficiario durante la incapacidad temporal
- Si el beneficiario abandona o rechaza de tratamientos de rehabilitación prescritos
Además, la pensión por invalidez absoluta se extingue definitivamente cuando si el beneficiario presenta una curación tras una curación, si se el reconoce derecho a recibir la pensión de jubilación o si fallece.
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