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Qué es el derecho de reducción en los seguros de vida entera

seguro de vida entera

Artículos sobre Seguros de Vida

Uno de las dudas que se plantean las personas antes de contratar un seguro de vida se refiere a lo que ocurre si dejas de pagar la póliza. ¿Se pierde todo el dinero de las primas? Es aquí donde entra en juego el concepto de derecho de reducción.

[ACTUALIZACIÓN]

Y es que muchos no saben que en los seguros de vida entera, a diferencia de los seguros de vida riesgo, una vez que haya transcurrido el plazo previsto en la póliza (que no podrá ser superior a dos años desde la vigencia del contrato), si se deja de pagar la prima, no se suspende ni se escinde el contrato, sino que se reduce la suma asegurada. Es decir, sin pagar más se sigue teniendo derecho a una indemnización.

⇒Artículo relacionado: Derechos garantizados en el seguro de vida entera

En qué consiste el derecho de reducción en los seguros de vida

El derecho de reducción es un derecho reconocido a los tomadores de seguros de vida que consiste en una rescisión parcial del seguro a partir de los dos primeros años que produce una modificación del contrato. El tomador dejaría de pagar las primas, pero el seguro mantendría unas prestaciones reducidas.

Es decir, se produce una modificación de su contrato de seguro de vida por la cual el tomador deja de pagar primas. Así, en lugar de producirse la extinción del contrato, lo que ocurre es que el contrato se mantiene vivo con una menor suma asegurada y sin que sea necesario pagar más primas.

No obstante, aunque el seguro quede reducido, el tomador tiene derecho a solicitar su rehabilitación en cualquier momento. En este caso deberá cumplir las condiciones establecidas en la póliza; lo que normalmente significa  pagar las primas atrasadas, junto con los intereses técnicos estimados. En cualquier caso, hay que tener en cuenta que este derecho se pierde si el tomador designa beneficiario de manera irrevocable.

Reajuste del seguro

Aunque con el derecho de reducción el tomador del seguro no recibe ningún tipo de compensación económica, sí que ahorra recursos económicos, ya que lo que hace es mantener activo el seguro de vida.

Lo que ocurre es que, al dejar de pagar las cuotas, se produce un reajuste en el seguro; que se cerrará con los datos de tipo económico que se tengan en ese momento. De este modo, si se ha pagado un porcentaje de la cobertura, si se da la circunstancia cubierta, el tomador del seguro recibirá el porcentaje correspondiente respecto a la cantidad asegurada.

Rescate y anticipo

Además, el tomador que haya pagado las dos primeras anualidades de la prima de un seguro de vida tiene el derecho a rescatar el seguro. Para ejercer su derecho de rescate, el tomador debe presentar la solicitud correspondiente. En función de las tablas de valores fijadas en la póliza, el tomador percibirá del asegurador el importe que le corresponda del capital acumulado. Es lo que se conoce como valor de rescate. Si el tomador ejerce su derecho de rescate  la póliza quedará automáticamente rescindida.

La póliza también puede prever la posibilidad de que el tomador perciba una cantidad determinada en concepto de anticipo a cuenta del capital que le corresponda en cada momento.

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Escrito por:
Eva María Rodríguez

Eva María Rodríguez

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Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

3 comments on "Qué es el derecho de reducción en los seguros de vida entera"

  • diego
    28 de febrero de 2017 a las 11:38 am
    tengo un seguro de hogar con una entidad bancaria y con una clausula hipotecaria a favor de dicha entidad, me comentan que si anulo dicha póliza para contratar otra en una entidad aseguradora y con subrogación a favor de la entidad bancaria, esta me aplicaria un diferencial sobre la cuota de la hipioteca y me saldría mas cara la mesualidad. Es correcto? y si es así, como podria calcularar yo la cuota que se me quedaria. Saludos
    • Juan Betés Novoa
      2 de marzo de 2017 a las 10:57 am
      Hola Diego: En su contrato hipotecario tiene que figurar el porcentaje de diferencial que le aplicarían con el que poder calcularlo. Si no lo tiene a mano deberían de informarle en su banco de que aumento mensual va a suponer en su hipoteca con vistas a poder tomar la mejor decisión. Saludos

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