Si soy beneficiario de un seguro de vida y el asegurado fallece, ¿que documentación tengo que presentar para cobrar la indemnización?
Para cobrar la indemnización del seguro de vida, el beneficiario deberá presentar la siguiente documentación:
- DNI del beneficiario y fotocopia del mismo.
- Partida de nacimiento y partida de defunción del asegurado.
- Certificado médico del asegurado en el que se explique la causa del fallecimiento y el origen y evolución de la enfermedad o accidente que provocó el fallecimiento.
- En el caso de muerte por accidente, se deberá presentar el testimonio de las diligencias judiciales.
- Certificado del Registro de Últimas Voluntades del asegurado.
- Copia del último Testamento, Acta Notarial de Declaratoria de Herederos u Orden Judicial de Declaratoria de Herederos.
- Liquidación y carta de pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
- Instancia (por duplicado) que contiene los datos del asegurado y del beneficiario, el nombre de la compañía aseguradora, el número de póliza y el capital a cobrar. En algunos casos, la aseguradora puede solicitar una copia de la póliza de vida contratada.
- En el caso de que los herederos no hayan sido designados con nombre y apellido, pero consten como tales, por ejemplo, los herederos legales, también será necesario presentar:
- el certificado de matrimonio (en el caso de ser el cónyuge)
- el libro de familia (en el caso de que los beneficiarios sean los hijos)
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