Si tienes un piso alquilado te interesa contratar un seguro de hogar para arrendadores. En este artículo ten contamos por qué y qué coberturas tienen este tipo de pólizas.
[ACTUALIZADO]
Seguro de hogar para arrendadores
El seguro de hogar no es obligatorio a no ser que éste esté hipotecado, en cuyo caso debería contratar un seguro con cobertura contra incendios, el único exigido según la Ley de Regulación del Mercado Hipotecario y las normas que la desarrollan. Este seguro puedes contratarlo con la aseguradora que quieras, ya que ningún banco, por mucho que te haya concedido la hipoteca, te puede exigir que tengas la póliza de hogar con ellos.
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Pero, ¿qué pasa con los inmuebles alquilados? Como propietario de un inmueble alquilado, el arrendador debe tener contratado un seguro de hogar solo si dicho inmueble está hipotecado. Sin embargo, si tienen un inmueble arrendado te conviene contratar un seguro de hogar amplio, que incluya coberturas que tengan en cuenta tu situación concreta y que te protejan frente a posibles problemas con el arrendatario.
No tienes por qué asegurar lo que no es tuyo
Con propietario te interesa tener un seguro que cubra el continente y el contenido que sea de tu propiedad, y no tienes por qué asegurar las pertenencias que son propiedad de los inquilinos. También es conveniente incluir una cobertura de responsabilidad civil para cubrir aquellas circunstancias de las cuales puedes ser responsable como propietario. Sin embargo, el propietario no tiene que hacerse cargo de la responsabilidad civil correspondiente al arrendatario, que tendrá que responder de ella, tanto si tiene un seguro contratado a tal fin como si no.
Tampoco tienes que responder por los desperfectos causados por el arrendatario, aunque algunos seguros, como el de impago de rentas, pueden cubrir estas circunstancias. Recuerda que conviene que el inquilino tenga contratado también un seguro de hogar especial para sus circunstancias que cubra su responsabilidad civil, como decíamos antes, así como otras coberturas que les pueden resultar muy interesante. Aunque no es obligatorio es muy conveniente.
Además, no debes olvidar que si alquilas un inmueble debes comunicar esta circunstancia a tu compañía de seguro, dado que el precio del seguro es mayor si dicho inmueble está ocupado por otras personas diferentes y habría que modificar la póliza. En caso contrario, en caso de siniestro, es probable que tengas problemas para reclamar.
Coberturas de los seguros de hogar para arrendadores
Más allá de la obligatoriedad de comunicar el alquiler de un inmueble al seguro está la importancia de contratar un seguro específico para arrendadores. En estos seguros destaca una cobertura muy interesante, que es la defensa jurídica del arrendador. Esta cobertura se puede contratar en un seguro independiente o en uno más amplio que incluya, por ejemplo, el impago de alquileres y actos vandálicos ocasionados en la vivienda por el inquilino, entre otros.
Por otra parte, algunos seguros de hogar pensados para arrendadores también incluyen coberturas para el inquilino, con su responsabilidad civil. Además, estos seguros pueden incluir todo lo que incluiría un seguro de hogar, como continente o contenido propio. Ten en cuenta que los daños sufridos en el continente o el contenido de tu propiedad por causas ajenas a los inquilinos corren por cuenta del arrendador.
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