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¿Puedo contratar un seguro de vida con una enfermedad grave?

seguro de enfermedades graves

Artículos sobre Seguros de Vida

Padecer una enfermedad grave en el momento de contratar un seguro de vida puede ser un motivo para que la aseguradora rechace realizar el contrato de seguro. En este sentido, padecer diabetes o cáncer hace que la mayoría de las aseguradoras se nieguen a asegurar al afectado.

[ACTUALIZADO]

Seguro de vida con una enfermedad grave: estudio individual de cada caso

En el caso de alguien solicite un seguro de vida con una enfermedad grave,  la aseguradora debe estudiar cada solicitud de seguro de manera individual. En algunos casos de enfermedad grave, las aseguradoras puede ofrecer al clientes alguna solución que se adapte a sus circunstancias y necesidades. Esta solución pasará por pagar una prima más alta (sobreprima) y, probablemente, tener menos garantías o con coberturas reducidas. Sin embargo, teniendo en cuenta lo difícil que es conseguir un seguro de vida si se sufre una enfermedad grave, al menos algo es algo.

Importante: no mentir a la aseguradora en caso de enfermedad grave

No informar a la aseguradora sobre el estado real de salud no es buena idea porque, en el caso de tener que hacer efectiva alguna de las coberturas del seguro, si la compañía descubre que había enfermedad preexistente, dichas coberturas pueden quedar inhabilitadas.

Y si el seguro de vida es obligatorio, ¿qué pasa en caso de enfermedad grave?

No existe ningún caso en el que sea obligatorio contratar un seguro de vida. Sin embargo, en algunos casos, como la concesión de un préstamo o hipoteca, la entidad financiera exige al prestatario un seguro de vida por el importe adeudado. ¿Qué ocurre en estos casos?

Para empezar hay que aclarar que ninguna entidad financiera puede supeditar la concesión de un préstamos o hipoteca a la contratación de un seguro de vida. Es una auténtica faena que la aseguradora deniegue el seguro, pero están en su derecho, al fin y al cabo. Sin embargo, en ningún caso el seguro de vida es exigible como requisito para conceder una operación de crédito.

Es más, si la entidad te hace una oferta de seguro, adaptada a tus circunstancias personales, y te obliga a contratar dicho seguro (con su sobreprima incluida), debes saber que estás en tu derecho de rechazar dicho seguro. Según el artículo 83 de la Ley del Contrato de Seguro tienes un plazo máximo de 30 días desde que el asegurador te entrega la póliza definitiva o el documento de cobertura provisional para resolver el contrato sin indicar los motivos, sin que ello suponga penalización alguna y sin que la aseguradora pueda oponerse a la anulación.

Es muy importante que no firmes un seguro de vida si tienes una enfermedad grave sin que leas muy bien los términos del contrato que te dan a firmar. Recuerda: siempre tienes que leer muy bien las pólizas de seguro, pero más aún si es con un banco.

Más información

En los siguientes artículos encontrarás más información relacionada con este tema:

 

 

 

Escrito por:
Eva María Rodríguez

Eva María Rodríguez

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Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

5 comments on "¿Puedo contratar un seguro de vida con una enfermedad grave?"

  • maria berruezo perez
    6 de febrero de 2020 a las 1:35 pm
    al comprar un coche le hicieron un seguro de vida a mi marido teniendo cancer .ni siquiera preguntaron teniendo una pensión por enfermedad absoluta. que puede pasar con ese seguro ahora que a fallecido mi marido
    • Eva María Rodríguez
      7 de febrero de 2020 a las 4:25 pm
      Hola, María: Siento mucho su pérdida. En principio, habría que mirar las condiciones del seguro y lo que su marido firmó, por si la persona del concesionario o de la financiera que les hizo el seguro le "coló" una declaración de salud incierta, con tal de firmar la póliza.
  • Sergio
    7 de julio de 2019 a las 3:13 pm
    Tenía cáncer de próstata me operaron,puedo.contratar algún seguro?
    • Juan Betés Novoa
      11 de julio de 2019 a las 1:33 pm
      Hola Sergio: Dependerá del tiempo que haya pasado desde que superaste el cáncer. Por nuestra experiencia las aseguradoras son reacias a cubrir personas que hayan sufrido cáncer recientemente por el riesgo de recaída. Suelen aceptar cubrirlas pasados 5 años. No obstante los requisitos de cada aseguradora pueden variar mucho por lo que siempre puedes preguntar e informarte. Saludos

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