PuntoSeguro Blog

Preguntas frecuentes sobre las coberturas de los seguros de vida

coberturas de los seguros de vida preguntas frecuentes

Artículos sobre Seguros de Vida

Muchas personas tienen dudas sobre qué cubre y que no cubre un seguro de vida. A continuación recopilamos varias preguntas frecuentes sobre las coberturas de los seguros de vida

⇒Lee esto también: Los Mejores Seguros de Vida Riesgo: comparativa de precios y coberturas

 ¿Cuál es la cobertura principal de los seguros de vida?

La cobertura principal es el fallecimiento del asegurado por cualquier causa.  Esta cobertura garantiza la entrega del capital asegurado a los beneficiarios cuando se produce el deceso del titular del seguro, independientemente de la causa.

Los seguros de vida riesgo ofrecen cobertura por fallecimiento por cualquier causa hasta el final de la edad máxima de renovación de la póliza, que puede variar entre los 65 o 67 años como mínimo hasta los 80 años.

Sin embargo, existen algunas exclusiones, como el fallecimiento debido a guerra, terrorismo, participación en actos delictivos, suicidio dentro del primer año de la póliza, entre otras circunstancias.

Además de la cobertura principal de fallecimiento por cualquier causa, muchas aseguradoras ofrecen garantías complementarias, como la invalidez absoluta y permanente, el doble capital por fallecimiento en accidente, triple capital por fallecimiento en accidentes de circulación y enfermedades graves.

⇒Más información: ¿Qué cubre la garantía principal de los seguros de vida riesgo?

¿Qué coberturas complementarias se pueden contratar en un seguro de vida?

Las garantías complementarias de los seguros de vida son coberturas opcionales que se añaden a las principales, como el riesgo de muerte o supervivencia. Estas garantías, que generalmente no se pueden contratar después de los 65 años, incluyen invalidez absoluta y permanente, fallecimiento por accidente, fallecimiento por accidente de tráfico, invalidez absoluta y permanente por accidente, incapacidad temporal, enfermedades graves, asistencia sanitaria por accidente, hospitalización y cirugía, capital por orfandad y exención de pagos de primas por invalidez absoluta y permanente.

Es importante entender las condiciones y cláusulas de la póliza antes de contratarla, ya que existen límites y restricciones que pueden variar. Algunos seguros de vida contemplan condiciones especiales si el riesgo previsto se produce a consecuencia de un accidente. La cobertura de enfermedad grave garantiza un anticipo financiero en caso de que el asegurado sea diagnosticado con una enfermedad grave.

Además, algunos seguros de vida ofrecen la opción de contratar una cobertura complementaria que garantizaría el anticipo del capital asegurado en caso de que el asegurado quedara en estado de dependencia.

⇒Más información: ¿Qué son las garantías complementarias de los seguros de vida?

¿Qué fallecimientos no están cubiertos por la cobertura de muerte por cualquier causa?

Aunque la mayoría de las pólizas de seguro de vida cubren el fallecimiento por cualquier causa, existen ciertas situaciones que no quedan cubiertas. Estas exclusiones, que están detalladas explícitamente en el contrato de la póliza, limitan el riesgo que asume el asegurador.

Algunas de las exclusiones más comunes incluyen el suicidio durante el primer año de la póliza, fallecimiento durante la práctica de paracaidismo recreativo, fallecimiento causado por una catástrofe nuclear, fallecimiento por conflictos armados y catástrofes naturales, enfermedades o lesiones preexistentes, deportes de riesgo no declarados, casos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros, asesinato por uno de los beneficiarios, fallecimiento bajo los efectos del alcohol o las drogas y fallecimiento durante la comisión de un hecho delictivo.

Por lo tanto, es esencial que el futuro asegurado lea detenidamente todas las cláusulas del contrato, incluyendo las exclusiones, para tener un entendimiento claro de lo que está y no está cubierto por su póliza.

⇒Más información: ¿Qué no cubre la cobertura de fallecimiento por cualquier causa en el seguro de vida? 

¿En qué consiste la cobertura de invalidez en los seguros de vida?

La cobertura principal de los seguros de vida es la muerte por cualquier causa, pero muchas compañías ofrecen una cobertura adicional: la invalidez permanente. Esta cobertura compromete a la aseguradora a pagar el capital asegurado si el asegurado queda incapacitado de forma permanente e irreversible para realizar cualquier actividad profesional.

Sin embargo, es importante distinguir entre la invalidez permanente y la invalidez total, ya que esta última no está cubierta por la cobertura de invalidez permanente de los seguros de vida.

Para que la Seguridad Social reconozca la incapacidad permanente absoluta, se deben cumplir ciertos requisitos legales.

Además, la cobertura de invalidez permanente tiene exclusiones, como la invalidez causada por actos intencionados del asegurado, el consumo de alcohol o drogas, los riesgos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros, entre otras.

A pesar de que la inclusión de la cobertura de invalidez implica pagar una prima más alta por el seguro de vida, se considera que vale la pena debido a los posibles altos costes asociados con la invalidez total, las pensiones gubernamentales insuficientes y la necesidad de recursos financieros para la familia.

⇒Más información: ¿Qué cubre la cobertura de invalidez en los seguros de vida?

Contratar la cobertura de invalidez en el seguro de vida ¿merece la pena?

En muchos casos, sí.

La cobertura de invalidez es un componente esencial en un seguro de vida, a pesar de que puede incrementar la prima del seguro. Para ser beneficiario de una pensión por invalidez absoluta, es necesario que la Seguridad Social declare oficialmente dicha situación, cumpliendo con ciertos requisitos. Sin embargo, si no se está afiliado a la Seguridad Social, o no se ha cubierto un periodo mínimo de cotización, no se puede acceder a esta pensión. Además, el periodo de cotización requerido varía en función de la edad y la situación de alta.

No obstante, a pesar de la posibilidad de acceder a una prestación de la Seguridad Social, la cobertura de invalidez en el seguro de vida puede ser una opción beneficiosa. Esto se debe a que la prestación de la Seguridad Social puede no ser suficiente para cubrir todos los gastos y problemas económicos que supone la invalidez.

Además, aunque los trámites para solicitar la prestación por incapacidad absoluta pueden ser largos, suelen ser más rápidos con el seguro de vida.

⇒Más información: ¿Merece la pena contratar la cobertura de invalidez en el seguro de vida?

Si cobro la indemnización por invalidez permanente, ¿sigo teniendo cobertura por fallecimiento?

No.

Al contratar un seguro de vida, puedes incluir coberturas complementarias, como la de invalidez permanente y absoluta. Si sufres este siniestro y cobras la indemnización, la cobertura de fallecimiento ya no sigue vigente.

La cobertura de invalidez permanente en los seguros de vida ofrece un pago de capital asegurado en caso de que una persona sufra una incapacidad permanente y absoluta reconocida por la Seguridad Social. Si cobras la indemnización por incapacidad absoluta y permanente, has recibido el capital asegurado y el seguro de vida queda anulado. No podrás acceder a más coberturas. Es decir, si cobras el seguro de vida por invalidez permanente y absoluta, la póliza queda extinguida y no podrás seguir disfrutando de sus servicios

⇒Más información: ¿Qué sucede con las demás coberturas si se cobra la indemnización por invalidez permanente y absoluta en un seguro de vida? 

¿Qué cubre la cobertura de enfermedades graves de los seguros de vida?

La cobertura por enfermedades graves es una garantía que se puede contratar en los seguros de vida y de accidentes. También existen seguros específicos donde esta cobertura es la garantía principal.

Las enfermedades graves generalmente incluyen el infarto de miocardio, intervenciones quirúrgicas para enfermedades de las arterias coronarias, cáncer, accidente cerebro-vascular, insuficiencia renal y trasplante de órganos vitales. No obstante, la cobertura tiene exclusiones, como accidentes y enfermedades anteriores a la contratación del seguro, accidentes de circulación con motocicletas de cilindrada superior a 125 cc, epidemias oficialmente declaradas, entre otras.

Hay que tener presenta que la cobertura de enfermedades graves implica el pago del capital establecido en las condiciones particulares de la póliza si al asegurado se le diagnostica por primera vez alguna de las enfermedades graves detalladas. Además, no es necesario que se produzca el fallecimiento para solicitar el pago de la indemnización.

Por otra parte, una vez que se hace efectiva la cobertura de enfermedades graves, la póliza de seguros queda completamente anulada.

⇒Más información: ¿En qué consiste la cobertura de enfermedades graves en el seguro de vida? 

¿Hay límite de edad para contratar la cobertura de enfermedades graves?

Sí, y es inferior al límite de edad para contratar la cobertura de invalidez (65 o 67 años).

En general, la mayoría de los seguros de vida ofrecen coberturas hasta un límite de edad determinado, que suele variar entre los 70 y los 80 años. Sin embargo, en lo que se refiere a las coberturas complementarias, como es el caso de la cobertura por enfermedades graves, este límite suele ser inferior.

Es importante tener en cuenta que la duración del contrato y las condiciones de la cobertura por enfermedades graves, al igual que otras coberturas complementarias, suelen estar incluidos hasta los 65 años o incluso hasta los 70 años. No obstante, independientemente de la edad límite de cobertura, normalmente las coberturas de enfermedades graves solo se pueden contratar hasta los 59 o 60 años, aunque algunas pólizas permiten la contratación hasta los 62 años.

⇒Más información: ¿La cobertura por enfermedad grave en los seguros de vida tiene un límite de edad?

¿En qué consisten las coberturas de fallecimiento y fallecimiento por accidente de circulación?

Las coberturas de fallecimiento y fallecimiento por accidente de circulación son garantías adicionales que se pueden contratar con un seguro de vida. De hecho, ka cobertura de fallecimiento por cualquier causa en los seguros de vida también incluye el fallecimiento por accidente y accidente de circulación. No es necesario marcar estas opciones específicas para estar cubierto.

Si se contrata la cobertura de fallecimiento por accidente, los beneficiarios recibirán el doble del capital asegurado en caso de muerte por accidente.  Y si se contrata la cobertura de fallecimiento por accidente junto con la de fallecimiento por accidente de circulación, los beneficiarios recibirán el triple del capital asegurado en caso de muerte por accidente de circulación.

⇒Más información: Cobertura de fallecimiento por accidente y fallecimiento por accidente de circulación en seguros de vida

En PuntoSeguro.com te ayudamos con tus pólizas

PuntoSeguro es una correduría de seguros digital. Somos mediadores de seguros, por lo que te podemos ayudar a encontrar la compañía y la póliza que mejor se adapta a tus necesidades. Y si tienes algún problema con tu seguro durante tu relación contractual con la aseguradora, te ayudamos a gestionarlo. Todo ello sin coste adicional para ti.

Por lo tanto, si contratas cualquier seguro a través de PuntoSeguro solo tendrás que preocuparte del precio de la póliza. Si necesitas más información para contratar un seguro o necesitas alguna aclaración adicional, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

En el comparador de seguros de vida de PuntoSeguro  podrás comparar los precios y las condiciones de las mejores pólizas de vida del mercado, incluyendo seguros de vida con cobertura en caso de invalidez permanente absoluta. ¿Quieres más? Contratando tu seguro de vida con PuntoSeguro tienes acceso gratuito a la app PuntoSeguro Fit. Además de tener controlada tu actividad física diaria, y contribuir a causas sociales, podrás obtener un descuento de hasta 120 € en cada renovación.

Otros artículos de interés

Escrito por:
Eva María Rodríguez

Eva María Rodríguez

Visitar Eva María Rodríguez en LinkedIn

Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Buscar

Lo más leído

¿Se puede cancelar un seguro de vida vi...

¿Tienes una póliza de vida vinculada...

Artículos sobre Seguros de Vida
| Views: 1092

¿Qué ocurre con los seguros de vida cu...

Es habitual que las personas designen a...

Artículos sobre Seguros de Vida
| Views: 698

¿Cuál es el plazo para reclamar un seg...

Por diversos motivos, no todos los...

Artículos sobre Seguros de Vida
| Views: 643

¿Quién es el beneficiario en los segur...

El objetivo principal de contratar un...

Artículos sobre Seguros de Vida
| Views: 596

¿Cómo funcionan los seguros de vida de...

¿Sabías que las tarjetas de crédito...

Artículos sobre Seguros de Vida
| Views: 553

¿Qué son los seguros de supervivencia?

¿Sabes qué son los seguros de...

Artículos sobre Seguros de Vida
| Views: 547

¿Cubre el seguro de vida el suicidio?

¿Es el suicidio un riesgo cubierto por...

Artículos sobre Seguros de Vida
| Views: 539

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones e...

En este artículo recopilamos la...

Artículos sobre Seguros de Vida
| Views: 529

Si cancelo el seguro de vida, ¿me devue...

Después de cancelar un seguro de vida,...

Artículos sobre Seguros de Vida
| Views: 498

¿Se puede recuperar la parte no consumi...

Contratar un seguro de amortización de...

Artículos sobre Seguros de Vida
| Views: 494

¿Te gusta lo que lees?

Suscríbete y recibe cada nuevo post en tu email antes que nadie pinchando aquí

Síguenos en RRSS

 
CALCULAR SEGURO DE VIDA