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Multas y sanciones por conducir sin seguro

conducir sin seguro

Artículos sobre Seguros de Auto

Hemos recordado en varias ocasiones que en España es obligatorio asegurar todos los vehículos a motor con al menos cobertura de responsabilidad civil. También hemos hecho hincapié en que conducir sin seguro es punible. Pero, ¿cuáles son las multas y sanciones aplicables por conducir sin seguro? ¿Los agentes de tráfico te pueden pedir los papeles del seguro si el vehículo está parado? ¿Quién paga la multa, el propietario o el conductor? A continuación encontrará la respuesta a estas preguntas.

⇒Lee esto también: ¿Qué ocurre si no pago la prima del seguro del coche y tengo un accidente?

Importe de la multa por conducir sin seguro

La multa por conducir sin seguro es la sanción administrativa que recibe el propietario de un vehículo si no tiene el seguro obligatorio o si no está en regla. La cuantía de esta sanción oscila entre los 601 y los 3.500 euros, en función del tipo de vehículo y del tipo de permiso exigido para conducirlo. Además, no es necesario que los agentes de tráfico te detengan en la carretera o en la ciudad para pedirte los papeles del seguro. Ya sea que conduzca como su automóvil o no, el seguro de vehículos motorizados es obligatorio. Así que no estás libre de que te pidan la documentación y te multen.

Además, la gravedad del daño causado y, en su caso, la duración de la falta de seguro y la reincidencia en la misma infracción, también se tendrán en cuenta a la hora de imponer la multa por conducción sin seguro.

⇒Lee esto también: Coberturas básicas que deberías contratar con tu seguro de coche

Conducir sin seguro no es delito, pero es obligatorio

Conducir sin seguro no es un delito o infracción sancionado como tal por el Código Penal, como lo es, por ejemplo, conducir sin licencia, conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas o exceder el límite de velocidad. Esto es así precisamente porque el hecho de no tener un seguro no es en sí mismo un riesgo para los demás. Pero al ser obligatorio, el hecho de no tenerlo supone una multa.

La obligación de asegurar un vehículo y la prohibición de circular sin el seguro obligatorio está regulada en el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

En este texto, además de indicar que el responsable de la multa por conducir sin seguro será el propietario del vehículo, también especifica que el conductor del vehículo será responsable de los daños causados a otras personas o vehículos por la conducción. sin seguro obligatorio siempre que haya sido culpa suya, por lo que tendrá que responder de sus actos tanto civil como penalmente. Además, esta ley establece que el propietario del vehículo, que no tiene por qué ser el conductor, será también responsable civil (no penal) de los daños causados a otras personas o vehículos por no tener su vehículo con seguro obligatorio, salvo por demostrar que el vehículo había sido robado.

Además, los agentes de tráfico pueden inmovilizar el vehículo que no tenga en regla el seguro obligatorio. Lo normal es que el auto sea requisado por uno o tres meses, si es una acción reiterada. Y, por si esto fuera poco, el propietario del vehículo debe hacerse cargo de los gastos originados por ese depósito o sello. Además, para proceder con la encuesta, deberá acreditar que dispone del correspondiente seguro obligatorio y abonar los gastos. Si el propietario no paga el depósito, el vehículo puede ser embargado hasta por un año. Además, se le puede prohibir circular por todo el territorio nacional durante ese tiempo.

⇒ Lee esto también: ¿Qué ocurre si ninguna aseguradora acepta asegurar un vehículo?

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Escrito por:
Eva María Rodríguez

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Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

40 comments on "Multas y sanciones por conducir sin seguro"

  • Jaime
    24 de enero de 2022 a las 7:28 pm
    Hola, Me pararon con una moto y al comprobar el seguro estaba caducado hacía unos dias y, no se había renovado por que el banco no autorizó el pago. Me imponen una sanción de 1.250 €. Yo no tenía constancia de la devolución pues el Banco no me advirtió de ello y cuando lo ví, pagué la renovación inmediatamente. Creo que es una sanción desproporcionada pues no había dolo y el seguro se ha renovado sin problemas desde que tengo la moto y, de hecho sigue vigente. Vale la pena recurrir la sanción?
    • 25 de enero de 2022 a las 9:17 am
      Hola, Jaime. Es importante que tenga en cuenta que el banco no suele avisar de las devoluciones de los recibos, al menos no con tiempo suficiente. Algunos bancos avisan a través de notificaciones en sus apps, pero hay que revisarlas para verlas. Lo que sí tendría que haber hecho la compañía de seguros es avisarle de la renovación con al menos dos meses de antelación. En cuanto a la cuantía de la sanción, la multa por conducir sin seguro es de entre 600 y 3005 €, y las multas rondan de media los 1500 €. Y sobre si merece la pena recurrir la sanción, creo que lo mejor es que lo consulte con una empresa especializada en recurrir multas de tráfico.
  • Estefani
    23 de septiembre de 2021 a las 12:20 pm
    Hola mire cogieron a mi cuñado sin carnet y sin seguro pero todo sigue llegando nombre mi mi esposo porque? Y que consecuencias acarrea eso? Gracias
    • Eva María Rodríguez
      24 de septiembre de 2021 a las 11:15 am
      Hola, Estefani. Si el coche está a nombre de su marido le llegan a él las notificaciones de las multas por no tener seguro porque el que tiene la obligación del asegurar el coche es el propietario.
  • yordi
    9 de mayo de 2021 a las 1:55 pm
    hola, e contratado seguro de ciclomor el 29 de abrir me mandaron la poliza con lo segun me valia para circular el 7 de mayo me pararon por despistarme un semáforo en rojo acaba de cambiar, resulta que me multaron y me pidieron el seguro le doy el papel con mis datos y poliza lo cual a ellos no les salia en la dgt por que la compañia fenix le acababa de dar de baja justo a esa hora de la multa por impago cosa que no sabia ya que no cobraron estando la cuenta puesta,los agentes solo notificaron a la dgt en espera,y la compañia alega que me notifico el problema pero tenian mi correo y teléfono y nunca me llego ninguna notificación,me dieron de alta con otra poliza por que segun ellos la otra estaba sin efecto el mismo dia 7 , no se que procede en mi caso con la multa del seguro por que los agentes solo notificaron a la dgt y no se que hacer
    • Eva María Rodríguez
      10 de mayo de 2021 a las 11:46 am
      Hola, Yordi:Si la póliza nueva entraba en vigor ese mismo día debería tendría que reclamar la multa y presentar la póliza. Un saludo
  • Amina
    28 de octubre de 2020 a las 5:48 pm
    Hola me pararon en un control de policía y llevaba un coche de un amigo y estaba sin el segundo de coche y han puesto la multa pero no sé a quién va la multa si a mí o al propietario del coche necesito una ayuda porfavor que me contestéis gracias.
    • Eva María Rodríguez
      29 de octubre de 2020 a las 10:03 am
      Hola, Amina: Según indican en MundoJuridco.info: "Para finalizar, debemos de decir, que evidentemente el responsable de la multa no será el conductor del vehículo, sino el propietario del mismo. No obstante el conductor que circule con un vehículo sin asegurar será responsable, siempre que se haya producido un accidente y sea culpa de este los daños que se causen a personas, bienes u otros vehículos. De dichos daños también responderá junto al conductor, el propietario del vehículo". Puedes leer el artículo completo aquí
  • Mar
    3 de julio de 2020 a las 6:45 am
    Mientras tenía mi coche estacionado , renovando mi póliza telefónicamente, minutos más tarde me han inmovilizado mi vehículo, alegando que carece de seguro obligatorio...qué debo hacer ahora? Me habían dicho que ya se había inscrito mi vehículo cuando pasó todo esto, pero no constaba aun en DGT...Quién debería hacerse cargo de la multa??
    • Eva María Rodríguez
      3 de julio de 2020 a las 11:30 am
      Hola, Mar: Entiendo que la renovación se ha producido tras estar un tiempo sin seguro, porque si no esto no tendría que haber pasado. Los seguros tardan un poco en estar activos. Inscrito, sí, activo, parece que no. Si no es así, podría recurrir la multa aportando la documentación que acredite que en el momento de la multa ya le tenía seguro. Esa documentación puede solicitarla a la aseguradora.
  • Yelenia
    25 de junio de 2020 a las 11:39 pm
    Hola tengo un coche a mi nombre el seguro lo page en diciembre pero como el seguro estaba a nombre de mi expareja me hizo un cambio de seguro a otro coche sin yo saberlo hoy me han parado y me han dicho que iba sin seguro y multa se podría recurrir o no hay nada que hacer.Espero una respuesta muchas gracias
    • Eva María Rodríguez
      1 de julio de 2020 a las 12:00 pm
      Hola, Yelenia: En este caso, no. El tomador del seguro es ella, independientemente de que lo haya pagado usted, por lo que puede hacer con la póliza lo que quiera.
  • Patricia
    9 de junio de 2020 a las 2:31 pm
    Buenas tardes,tengo un coche a mi nombre que utiliza otra persona, esta se encarga de los gastos,pero va sin la ITV pasada y ahora no ha pagado el seguro que se cumplió el 24 de mayo,con respecto al seguro,me dice esta persona que puede ir sin seguro un mes más,osea hasta el 25 de junio, que ese mes aún tiene cobertura, esto es así? De qué multa estamos hablando si lo para la guardia civil? Y qué más consecuencias? Muchas gracias...
    • Eva María Rodríguez
      10 de junio de 2020 a las 11:44 am
      Hola, Patricia: Ese mes del que hablar es el mes de gracia no es un mes de seguro gratis, es un mes extra de plazo para pagar la póliza. Si le pasa algo, tiene que pagar primero para poder reclamar. En cuanto a la ITV, esto no tiene nada que ver con el seguro. Sin la ITV pasada la multa hay que pagarla. Si la multa es porque no tiene seguro, primero tendrá que pagarlo y luego hacer los requerimientos necesarios para reclamar la multa.
  • Jenny
    30 de abril de 2020 a las 7:18 pm
    Hola!hace unos dias me pararon y pusieron un cepo al coche por no llevar seguro ni itv,evidwntemente algo logico pero ante esta situacion no me fue posible renovarlo. Sin itv no me hacen seguro,lo cual he optado por un seguro por dias,para poder llevarlo al taller hasta que se abran los crntros de itv. Mi pregunta es,al presentar el recibo por dias,y sin haber pasado la itv es suficiente para que le retiren el cepo? Gracias!
    • Eva María Rodríguez
      4 de mayo de 2020 a las 12:24 pm
      Hola, Jenny: Según la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020: “Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo”. Por lo tanto, la aseguradora no puede cancelar la renovación de la póliza simplemente por no tener pasada la ITV, a no se que haya otros motivos. Le recomiendo que contacte con la aseguradora y les pregunte por qué no le han renovado la póliza.
  • Maribel mariscal bellido
    29 de abril de 2020 a las 12:23 pm
    Hola! Han parado a mi marido conduciendo mi coche que está asegurado a nombre de mi padre, la cuestión es q le retiran el coche con la grua por carecer de seguro obligatorio, he llamado a mi compañia y me dice que tengo el seguro en vigor, solo q hay que pagarlo porque les llegó el recibo devuelto del banco! Entonces le quitaran la multa a mi marido si tengo el seguro en vigor? Y el pago de la grua?
    • Eva María Rodríguez
      6 de mayo de 2020 a las 7:51 pm
      Hola, Maribel: Si le han puesto una multa durante el mes de gracia tendrá que recurrirla, una vez que haya pagado el seguro. Durante el mes este mes de gracia el seguro sigue vigente y la aseguradora está obligada a prestar cobertura. Por tanto, la denuncia administrativa no resulta procedente, ya que está cubierta la responsabilidad civil.
  • Moha
    29 de marzo de 2020 a las 1:14 am
    Buenas teniendo teniendo mi ciclomotor parado vino un coche de la guardia civil el ciclomotor lo compre hace una semana y no pude asegurarlo me pudieron los papeles la moto esta a nombre de mi padre, me dijeron que no me denunciarian pero se quedaron con toda la documentacion de la moto ¿me denunciaran?
    • Eva María Rodríguez
      30 de marzo de 2020 a las 10:32 am
      Hola, Moha: Eso no se lo puedo contestar. Suena raro que le cogieran los papeles sin multarle y que no le hayan requisado o inmovilizado el vehículo. Además, el problema que tiene ahora es que sin papeles no puede hacer el seguro. Le recomiendo que se ponga en contacto con la Guardia Civil y pregunte.
  • juan dueñas
    10 de marzo de 2020 a las 12:16 pm
    Hola, me ha llegado una multa de no tener en vigor el seguro, pero la hora de la multa fue de madrugada a las 2:45 y la renovación fue el mismo día por la mañana 9:00. dispongo del certificado de que mi seguro cubre desde ese día. Como puedo recurrir la multa? También recibí otra multa de ese mismo día a esa misma hora de no tener la ITV en vigor, pero en la multa, se han equivocado y ponen otra carretera distinta, puedo hacer algún recurso con esta multa?
    • Eva María Rodríguez
      11 de marzo de 2020 a las 1:01 pm
      Hola, Juan: Si dispone del certificado de que el seguro le cubre en el momento de la multa no veo motivo para no poder recurrir. En cuanto a la ITV, si le entregaron la multa en mano, en ese caso recurrir no le va servir de nada, puesto que no se trata de un defecto de forma, sino de lo que se considera un error subsanable por la administración.
  • Francisco
    13 de febrero de 2020 a las 8:01 pm
    Hola Eva Me mandaron un documento titulado '' certificado de seguro provisional''con los datos del vehículo mios y los datos del seguro con fecha de efecto y hora de cobertura y fecha de validez (15 dias). El problema es que no figura en el FIVA. Incluso recoge un asterisco que aunque el seguro es a todo riesgo dice que este seguro comprende la garantía de RCSO y que el certificado tiene una validez de quince días.
  • francisco
    12 de febrero de 2020 a las 10:04 pm
    Hola, contraté un seguro por Internet y me mandaron un certificado de seguro provisional dándome la bienvenida con todos los datos y sin poner ninguna pega. Unos días más tarde he recibido denuncia de la dgt por circular sin seguro. El caso es q llamo a la cía de seguros y me dicen q han decidido unilateralmente no asegurarme y q el certificado no tiene validez. Puedo recurrir la multa aportando dicho certificado? Gracias
    • Eva María Rodríguez
      13 de febrero de 2020 a las 2:09 pm
      Hola, Francisco: ¿Le enviaron la Carta de Garantía o el Documento de Cobertura Provisional, o solo una propuesta de seguro? La propuesta seguro no implica estar asegurado, solo es una oferta.
  • Adelaida
    24 de diciembre de 2019 a las 7:49 am
    Hola. Soy propietaria de un vehículo q no conduzco. Pararon al conductor sin seguro ni ITV. Las multas han venido ami nombre. Es normal?. No obtuve las multas asta 6meses despues, podria ahora pagarlas a plazos?, gracias.
    • Eva María Rodríguez
      26 de diciembre de 2019 a las 7:58 pm
      Hola, Adelaida: Respecto a tu primera pregunta, como propietaria del vehículo eres responsable del mismo, por lo que es tu responsabilidad tenerlo asegurado, aunque lo conduzca otra persona. Por lo tanto, es normal que las multas lleguen a tu nombre. En cuanto a la segunda cuestión, las multas de tráfico solo pueden fraccionarse cuando están entran por vía ejecutiva. Sin embargo, llegados a este punto ya se han aplicado muchos recargos, por lo que el importe ha ascendido notablemente. Esperamos haberte ayudado. Un saludo.
  • 26 de noviembre de 2019 a las 7:04 pm
    Veo que hay poca información en general sobre estos asuntos y que muchas compañías o plataformas intentan lucrarse con ello. Vamos a ver, por partes.Al Sr. Yuyu los agentes verifican los vehículos que creen correspondientes, ¿caso usted cree que no hay que verificar el suyo? Lo raro (y cada vez más habitual) es que alguien conduzca un coche de "un amigo" y que no tenga ninguna documentación encima. Casualidad...Para Nafie: La pregunta pregunta es la más importante ¿Es usted la titular del coche o no? ¿El vehículo está a su nombre? Da la sensación de que no es así, y el titular del coche le pide los 1.800 euros para pagar la denuncia y hacer un seguro.
  • Jesus
    2 de noviembre de 2019 a las 12:00 pm
    Me dieron un golpe en el coche a los pocos días de comprarlo me saque el seguro pero por lo visto me entraba en vigor un día después del accidente que puedo hacer y si me multan se puede pagar esa multa en dos veces
    • Eva María Rodríguez
      26 de diciembre de 2019 a las 8:06 pm
      Hola, Jesús: Lamentablemente no hay nada que pueda reclamar, puesto que cuando tuvo el accidente el seguro no estaba en vigor. En cuanto a la multa, mientras esté en periodo voluntario no se se puede fraccionar el pago. Solo se puede fraccionar cuando llega a vía ejecutiva. Espero haberle ayudado. Un saludo.
  • yuyu
    13 de marzo de 2019 a las 8:41 pm
    mi pregunta es cual es la motivacion de un agente psicologiacamente para que este te revise la matricula, mienras se para a la altura de un semaforo junto a ti, que yo sepa con 56 años no tengo aspecto de sopechoso? el caso es que tras sali del semaforo unos 50m me pitan para que me eche a un lado, lo hago y se dirigen ami, ya que su informacion les dice que mi veiculo carece de seguro, es de un amigo que ante mi precariedad este me lo regalo, el se encarga de pagar el seguro luego yo se lo abono, en el mes de enero este cumplia 01/01 y asi se lo hice saber, pero se le paso y 17 de enero paso la itv. y le digo a la señorita que no traigo el recibo, por que aun no me lo dieron, ella me contesta, que le sale en vigor, asi yo tranquilo. hoy me imobilizaron el veiculo 12:35h (mas multa de 1500 e) en una zona azul y carga descarga, mientras este me traia el recibo no me podia mover de alli, sobre 15:00h este me lo trae por su trabajo, llamo a la jefatura y me dicen que envian a los compañeros, estos desde las 15:15 aproximadamente llegan a las 17:45h no puedo retiralo por que el seguro se convalida a las 24:01 pero mi impotencia es por que? revisaron mi matricula? por que no me pidieron permiso y papeles del veiculo si vieron que no me pertenecia el coche, (que podia ser robado) solo mi DNI por que no quiero pensar, que fuese por la hispana que que me acompañaba. ya que no encuentro logica, por mucha criminalidad que allan estudiado, ya que todo vino por parar ami altura en un seamaforo??
  • Miki
    30 de enero de 2019 a las 10:07 pm
    Hola buenas. Mi problema es que estuve fuera de España por 1 año y medio por trabajo y al volver un pariente uso el coche y obviamente el seguro no se renovo y lo pillo una camara... Son 1500 euros a pagar... Pero mi pregunta es... Me quitaran algun punto o el carnet?? Es un poco la duda ya que empleo el coche para trabajar.. Un saludo y gracias.
    • Juan Betés Novoa
      31 de enero de 2019 a las 6:47 pm
      Hola Miki: Aunque no el coche estuviera estacionado es obligatorio que cuente con un seguro para terceros. La multa no conlleva pérdida de puntos. Saludos
  • clauxia
    3 de julio de 2018 a las 5:59 pm
    hola, tengo una multa por falta de seguro en san Augustin de gutalix de 800€,lo que pasa es que el coche nunca ha estado. por allí y a esas fechas tenia seguro en vigor, la. compañía aseguradora me dieron los justificantes, pienso ir a la dgt a ver que tramites tengo que hacer pero me gustaría algunos consejos, gracias
    • Juan Betés Novoa
      4 de julio de 2018 a las 11:54 am
      Hola Claudia: Lo que tienes que hacer es presentar alegaciones a la multa adjuntando copia de la póliza y del recibo al corriente de pago para que te la quiten. Si no sabes hacer el escrito habla con tu aseguradora a ver si tienes incluida la cobertura de recurrir multas. Saludos
  • lm
    25 de junio de 2018 a las 1:57 pm
    Hola JP, a mi me paso lo mismo con Direct seguros, alegaron que decidieron no renovar mi póliza, por la cual pague mas de 500€ y solo utilice 2 servicios de grúa. normalmente se comunicaban conmigo por cosas importantes por medio de email, pero esta vez, para algo tan importante como la cancelación de la póliza decicidieron hacerlo por carta , la cual jamas recibi.También me había pasado con Regal hace años, y ellos me reactivaron la póliza , ya que no había sucedido ningún siniestro, solo una inmovilización del coche. te recomiendo que intentes, si fue un problema en el cobro de la póliza, que ellos te la reactiven así evitas la multa. ahora si ellos decidieron no seguir asegurando tu coche no hay forma que te la reactiven.También me aconsejaron ir a Defensa al consumidor y solicitar el pago de la multa a Direct.
  • Jp
    5 de junio de 2018 a las 8:30 am
    Hola, me pararon en un control y comprobaron que no llevaba seguro. Llamo a mi compañía (direct) y me comunican que me lo dieron de baja el 22 de abril, dicen que me avisaron por carta, pero yo no he recibido nada. La cuestión es que me han puesto 1500€ yse quedaron mi carné. Para recuperar el carné tengo que ir a la Jefatura de tráfico? Y tengo que presentar seguro y pago de la denuncia?
    • Juan Betés Novoa
      5 de junio de 2018 a las 12:14 pm
      Hola JP: Efectivamente entiendo que tendrás que presentarte en tráfico y acreditar que has pagado la sanción correspondiente, así como que dispones de un seguro en vigor para que te devuelvan el carné. Suerte
  • Chema
    16 de mayo de 2018 a las 3:33 pm
    Hola, He vendido un coche y el comprador no ha realizado el cambio de nombre pese a tener hora en tráfico y haber realizado un contrato particular de compra y venta. Si ahora lo conduce sin seguro, ¿quien pagaría una multa de este tipo? Gracias por vuestra ayuda
    • Juan Betés Novoa
      17 de mayo de 2018 a las 6:00 pm
      Hola Chema: Te paso un artículo que podrá ayudarte :) Saludos http://miratusmultas.com/blog/inicio/he-recibido-una-multa-de-un-coche-que-he-vendido-que-debo-hacer/

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