La cancelación y la renovación de los contratos de seguros son fuentes frecuentes de discrepancias entre aseguradoras y asegurados. En muchos casos, los conflictos surgen porque los asegurados olvidan comunicar la cancelación de su seguro en el periodo adecuado. También porque se encuentran que, a la hora de abonar la prima en el momento de la renovación, esperaban tener que pagar menos. A esto hay que añadirle el hecho de que muchas compañías no comunican la renovación del seguro con anterioridad ni la cantidad que hay que abonar. Sin embargo, no siempre la aseguradora puede subir el precio de la prima sin avisar.
En este sentido, si las compañías comunicaran con la suficiente antelación la renovación y la cantidad que hay que pagar, los clientes podrían pensar si cambian o no de compañía.
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Cuando puede la aseguradora subir el precio de la prima del seguro sin avisar
En este punto, cabe preguntarse si las compañías de seguros están obligadas a no a notificar con anterioridad la renovación de la póliza a sus clientes.
Para dar respuesta a esta pregunta debemos remitirnos a lo que dice la Dirección General de Seguros, la cual diferencia dos supuestos distintos, cuando la renovación de la prima está prevista en el contrato y cuando no lo está
Cuando la renovación de la prima prevista en el contrato, no es necesario que el tomador acepte de nuevo los términos, puesto que ya ofreció su consentimiento cuando contrató el seguro por primera vez.
Sin embargo, cuando la renovación de la prima no está prevista en el contrato, el aumento de la misma debe ser aceptada por el tomador, según recoge la Ley de Contrato de Seguros (art. 5). En cualquier caso es necesario leer bien el contrato del seguro, y comprobar si la modificación del precio está o no prevista en la póliza.
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Qué hacer cuando la aseguradora no comunica que va a subir la prima del seguro
En los casos en los que la modificación del precio de la póliza no esté prevista en el contrato, si la aseguradora pretende aumentar la prima, deberá comunicarlo al tomador del seguro con dos meses de antelación al vencimiento del contrato.
Por otra parte, en caso de que la aseguradora no comunique el incremento de la póliza o de que lo haga de manera en la cual al cliente no le quede constancia de ello, dicho cliente podrá hacer una reclamación a la aseguradora para que no le aumenten la prima o para cancelar el seguro.
Esta reclamación se puede realizar acudiendo ante el Departamento de Atención al Cliente de la Aseguradora, y si procede, ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
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Sin embargo, en los casos en los que la renovación de la póliza no esté supeditada por contrato a la revisión de la póliza, las aseguradoras pueden subir la póliza sin más y sin avisar, ya que no es necesaria la aceptación de las nuevas condiciones por parte del cliente, y eso aparece en el contrato.
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