¿Algún seguro protege frente al desempleo? La situación laboral en los últimos tiempos ha hecho que muchas personas se planteen qué harían si, por las circunstancias que fueran, se quedaran en paro. Es más, el concepto de contrato indefinido es algo que no tiene hoy el mismo sentido ni el mismo valor que hace unas décadas. Y es que el anhelado «trabajo para toda la vida» es casi una utopía, a no ser que seas funcionario (y a saber qué pasará con esto en el futuro).
Seguros de desempleo
Por estos motivos, muchas personas se preguntan si es posible contratar un seguro que les cubra en caso de quedarse en el paro. Afortunadamente, al respuesta es que sí, existe un seguro para esto, ya que la prestación por desempleo no suele ser suficiente para cubrir los muchos gastos en los que nos embarcamos cuando contamos con un trabajo con contrato indefinido. Se trata de los seguros de protección de pagos. Este tipo de seguros lo que hace es garantizar el pago de la hipoteca o de un préstamo personal del asegurado mientras encuentra otro trabajo.
Un punto importante que merece la pena destacar es que este tipo de seguros puede encontrarse como cobertura adicional en determinados seguros, como el seguro de hogar. Además, los bancos suelen ofrecer este tipo de seguro junto con la hipoteca o el préstamo. De hecho, algunos bancos lo exigen como condición obligatoria para conceder una hipoteca o un préstamo personal. En estos casos, la prima suele incluirse dentro del préstamo o de la hipoteca. No obstante, también se puede contratar un seguro de protección de pagos de forma independiente con una aseguradora. Que sea una condiciones indispensable para conseguir un préstamo o hipoteca no implica que sea obligatorio que lo contrates con la entidad que te ofrece dicho préstamo.
Quién puede contratar un seguro de protección de pagos por desempleo
Los seguros de protección de pagos no son para todo el mundo. Este tipo de seguros están disponibles solamente para un determinado tipo de trabajadores. Además, tienen una serie de limitaciones que es importante tener en cuenta.
Para poder contratar un seguro de protección de pagos por desempleo hay que ser un trabajador por cuenta ajena con contrato indefinido de más de 13 horas semanales con una antigüedad mínima en la empresa (por lo general, seis meses).
Limitaciones y exclusiones de un seguro de desempleo
Estos seguros suelen tener un periodo de carencia y un límite de mensualidades y de importe para la indemnización. En cuanto a la carencia, esta suele ser de uno o dos meses. En lo que respecta a la indemnización, esta suele poder solicitarse cuando se hayan producido impagados durante 6 meses seguidos o 12 meses alternos, hasta un máximo de 12 meses seguidos o 24 meses alternos (dependiendo del producto contratado).
Además, cabe destacar que no todos los seguros de protección de pagos por desempleo cubren el 100% de las cuotas. Algunos establecen un límite fijo o un porcentaje de los pagos.
Otra cosa que hay que tener en cuenta es el periodo de validez del seguro. Cuando el seguro de protección de pagos por desempleo se contrata con el banco junto con la hipoteca o junto con un préstamo personal, el periodo de validez suele ser de 5 años (para las hipotecas) o de 10 años (para los préstamos personales). Esto es algo que hay que revisar cuando se contrate este tipo de seguro.
Otro aspecto que hay que tomar en consideración es que los seguros de protección de pagos por desempleo no cubren al asegurado cuando pierde su empleo por un despido procedente, ni cuando es el desempleo el que decide finalizar el contrato, cuando se trata de una baja voluntaria o cuando la pérdida de empleo se debe a una jubilación anticipada. En el caso de los despidos improcedentes, el seguro tampoco se hará cargo de la indemnización si el asegurado recibe una indemnización por parte de la empresa.
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