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¿Es necesario formarse de manera específica para trabajar en seguros?

capacitado para trabajar en seguros

Artículos sobre Otros Seguros

¿Quieres trabajar en seguros? En el sector seguros hay muchas oportunidades de trabajo. Sin embargo, es importante conocer qué formación es necesaria y qué puertas abren los diferentes tipos de formación.

En este artículo te contamos cómo formarse de manera específica para trabajar en seguros y cuál es la normativa actual. Al final del artículo también te contamos dónde puedes formarte para trabajar en seguros.

Trabajar en seguros

El sector asegurador ofrece salidas laborales de diferentes tipos que pueden resultar muy interesantes, profesional y económicamente. Sin embargo, es necesario realizar una formación específica para poder trabajar de manera legal como mediador de seguros (corredor, operador de banca-seguros o agente de aseguradoras). Teniendo esto en cuenta, en función del tipo de trabajo que se quiera desarrollar la formación obligatoria será una u otra.

Es importante saber que la formación obligatoria para trabajar como mediador de seguros está regulada por Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de seguros y reaseguros; y la Resolución de 3 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se establecen los principios básicos de los cursos y programas de formación para los distribuidores de seguros y de reaseguros.

Adelantamos que el nivel y alcance de los conocimientos y aptitudes de quienes proporcionen asesoramiento sobre productos de seguros y de reaseguros deberá ser mayor que el de quienes solo proporcionen información sobre dichos productos.

Qué necesitas para ser un profesional del seguro

La normativa establece tres tipos de cursos, en función del perfil profesional (corredores de seguros, corredores de reaseguros, agentes de seguros vinculados y operadores de banca-seguros…). Anteriormente, se hablaba de grupos A, B y C. La nueva normativa establece tres niveles, pero estos nos se corresponden exactamente con los grupos anteriores. Entre los cambios, destaca el hecho de los agentes vinculados, que antes pertenecían al grupo A, ahora no están en el nivel 1, sino que se distribuyen en los niveles 2 y 3 (dependiendo de si asesoran o simplemente informan.

Nueva figura: el personal relevante

Antes de hablar de los requisitos necesarios para trabajar en seguros es importante hablar de una nueva figura que incorpora la normativa: el personal relevante.

Se considera personal relevante a todo empleado, colaborador externo, así como cualquier otra persona que participe directamente en la distribución de seguros y reaseguros privados por cuenta de los distribuidores de seguros o de reaseguros, proporcionando información o prestando asesoramiento a clientes o potenciales clientes.

Teniendo esto en cuenta, serán consideradas asimismo como personal relevante las siguientes personas:

  • El responsable de la actividad de distribución o, en su caso, las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
  • El responsable de la actividad de distribución o, en su caso, las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de los mediadores de seguros y corredores de reaseguros que revistan la forma de personas jurídicas.
  • La persona responsable de la actividad de colaboración con la distribución de seguros o, en su caso, las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de colaboración con la distribución de seguros del colaborador externo de los mediadores de seguros que revista la forma de persona jurídica.

En cuanto a la formación requerida del personal relevante que trabaje para distribuidores de seguros y de reaseguros, hay que tener en cuenta lo siguiente:

  • Los distribuidores de seguros y de reaseguros se asegurarán de que el personal relevante posee los conocimientos y aptitudes necesarios teniendo en cuenta la naturaleza de los servicios prestados, así como la complejidad de los productos de seguros y de reaseguros sobre los que se informa o asesora.
  • Los distribuidores de seguros y de reaseguros se asegurarán de que el personal relevante conoce, entiende y pone en práctica las políticas y procedimientos internos establecidos y destinados a garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable en el ámbito de la distribución de seguros y de reaseguros.
  • Los distribuidores de seguros y de reaseguros deberán poner a disposición del personal relevante el tiempo y los recursos suficientes para que pueda adquirir y mantener los conocimientos y aptitudes adecuados.

Requisitos para trabajar en el sector seguros

Para el ejercicio de la actividad de distribución de seguros y reaseguros e necesario que los distribuidores de seguros y reaseguros residentes o domiciliados en España. Además, es necesario que su personal relevante  acredite  como requisito previo los conocimientos necesarios mediante la superación de cursos de formación en materias financieras y de seguros privados.

Los niveles que establece la normativa para trabajar en el sector seguros son los siguientes:

 Nivel 1

Necesitan formación de Nivel 1 los siguientes profesionales:

  • La persona responsable de la actividad de distribución o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
  • Los corredores de seguros y de reaseguros que sean personas físicas; la persona responsable de la actividad de distribución, o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de los corredores de seguros y reaseguros que revistan la forma de personas jurídicas.
  •  La persona responsable de la actividad de distribución, o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de los operadores de banca-seguros.

En cuanto a los requisitos previos, es importante tener en cuenta que las personas físicas que deseen participar en los cursos de formación del Nivel 1 deberán estar en posesión del título de bachiller o equivalente.

La formación de Nivel 1 tendrá un mínimo de 300 horas lectivas. La formación continua mínima para las personas comprendidas en el Nivel 1 deberá ser de 25 horas lectivas anuales.

Nivel 2

Necesitan formación de nivel 2 los siguientes profesionales:

  • Los agentes de seguros que sean personas físicas que presten asesoramiento sobre productos de seguros; la persona responsable de la actividad de distribución, o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de los agentes de seguros que revistan la forma de personas jurídicas, que presten asesoramiento sobre productos de seguros.
  • Los empleados de las entidades aseguradoras y reaseguradoras que presten asesoramiento sobre productos de seguros o de reaseguros.
  •  Los empleados de los mediadores de seguros y de reaseguros que presten asesoramiento sobre productos de seguros o de reaseguros.
  • Las personas que integran las redes de distribución de los operadores de banca-seguros, en los casos en que presten asesoramiento sobre productos de seguros.
  • Los colaboradores externos que sean personas físicas que presten asesoramiento sobre productos de seguros; la persona responsable de la actividad de colaboración con la distribución de seguros, o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de colaboración con la distribución de seguros de los colaboradores externos que revistan a forma de personas jurídicas, así como a sus empleados, en el caso de que presten asesoramiento sobre productos de seguros.

Hay que tener en cuenta que en este Nivel hay que aplicar el Principio de Proporcionalidad. Atendiendo a este principio, los conocimientos deberán adecuarse, en su caso, a las características de la actividad de distribución realizada por cada uno de los distribuidores de seguros o de reaseguros, atendiendo a su tipología, función y grado de complejidad.

Además, con base en el principio de proporcionalidad, teniendo en cuenta la naturaleza y complejidad del servicio a prestar y de los productos de seguros sobre los que se asesora, se podrá establecer motivadamente por el distribuidor de seguros o de reaseguros la asignación de un número de horas de formación inferior.

Salvo en los supuestos de reconocimiento de los conocimientos previos previstos por la normativa, la asignación de un número de horas de formación inferior no podrá afectar a las materias contenidas en el módulo general del programa del curso que se establezca por resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

En cuanto a los requisitos previos, las personas físicas que deseen participar en los cursos de formación del Nivel 2 deberán estar en posesión del título de graduado en educación secundaria o equivalente.

La formación de Nivel 2 tendrá un mínimo de 200 horas lectivas. La formación continua mínima para las personas comprendidas en en Nivel 2 deberá ser de 25 horas lectivas anuales.

Nivel 3

Necesitan formación de Nivel 3 los siguientes profesionales:

  • Los agentes de seguros que sean personas físicas en los casos en que proporcionen información sobre productos de seguros, no realizando labor de asesoramiento; la persona responsable de la actividad de distribución, o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de distribución de los agentes de seguros que revistan la forma de personas jurídicas, que proporcionen información sobre productos de seguros, no realizando labor de asesoramiento.
  • Los empleados de las entidades aseguradoras y reaseguradoras que proporcionen información sobre productos de seguros o de reaseguros, que no realicen labor de asesoramiento.
  •  Los empleados de los mediadores de seguros y de reaseguros que proporcionen información sobre productos de seguros o de reaseguros, que no realicen labor de asesoramiento.
  • Las personas que integran las redes de distribución de los operadores de banca-seguros, en los casos en que proporcionen información sobre productos de seguros, no realizando labor de asesoramiento.
  • Los colaboradores externos que sean personas físicas en los casos en que proporcionen información sobre productos de seguros, no realizando labor de asesoramiento; la persona responsable de la actividad de colaboración con la distribución de seguros, o, en su caso, al menos a la mitad de las personas que formen parte del órgano de dirección responsable de la actividad de colaboración con la distribución de seguros de los colaboradores externos que revistan la forma de personas jurídicas, así como a sus empleados, en los casos en que proporcionen información sobre productos de seguros, no realizando labor de asesoramiento.

Como en el caso del Nivel 2, con base en el principio de proporcionalidad, teniendo en cuenta la naturaleza y complejidad del servicio a prestar y de los productos de seguros sobre los que se informa, se podrá establecer motivadamente por el distribuidor de seguros o de reaseguros la asignación de un número de horas de formación inferior. Además, salvo en los supuestos de reconocimiento de los conocimientos previos previstos en la normativa, la asignación de un número de horas de formación inferior no podrá afectar a las materias contenidas en el módulo general del programa del curso que se establezca por resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

La formación de Nivel 3 tendrá un mínimo de 150 horas lectivas. En cuanto a los requisitos previas, las personas físicas que deseen participar en los cursos de formación del Nivel 3 no deberán estar en posesión de ningún título de formación básica.

La formación continua mínima para las personas comprendidas en en Nivel 3 deberá ser de 15 horas lectivas anuales.

Dónde formarse para trabajar en seguros

Puedes encontrar muchos cursos, tanto presenciales como online, para trabajar en seguros. La buena noticia es que esta formación se puede hacer online perfectamente, por lo que es accesible para todo el mundo. De lo que te tienes que preocupar realmente es de que la formación te permita obtener un certificado oficial para trabajar en el sector seguros.

Nosotros te recomendamos al IES el instituro e-Learnin del Seguro, donde podrás encontrar no solo formación inicial en los tres niveles, sino también formación continua para mantenerte al día (que, como habrás visto, es obligatoria), formación comercial y otros cursos relacionados. Tienes toda la información en www.iedelseguro.com.

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Escrito por:
Eva María Rodríguez

Eva María Rodríguez

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Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

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