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¿Cubren los seguros de vida las enfermedades?

seguro de vida cubre enfermedades

Artículos sobre Seguros de Vida

Los seguros de vida están diseñados para cubrir un hecho incierto, la muerte, de la que sabemos que va a producirse; pero no cuándo ni de qué forma. En este sentido, la existencia de enfermedades aumenta las posibilidades de siniestro. Y, dependiendo de la enfermedad que sea, podríamos estar hablando de una muerte previsible, más que de una muerte incierta. Por esta razón la pregunta de si el seguro de vida cubre las enfermedades ha suscitado mucho interés y ha encabezado un tema, cuanto menos, polémico.

[ACTUALIZADO]

Seguro de vida y enfermedades

Debido a los numerosos casos producidos en los que las aseguradoras  se negaban a cumplir con sus obligaciones alegando que la enfermedad era preexistente, la ley tomó parte en el asuntó y se terminó dictaminando que el tomador tenía la obligación de declarar cualquier enfermedad y antecedentes médicos que tuviese siempre y cuando la aseguradora preguntara por ellos.

Es decir, se entiende que no actúa de mala fe quien no responde a lo que no se le ha preguntado. Partiendo de esta base estamos obligados a declarar las enfermedades y antecedentes médicos que padezcamos siempre y cuando se nos pregunte por ellos.


Por otra parte, para evitar malos entendidos y avanzar con más seguridad las compañías aseguradoras suelen someter a sus asegurados a exámenes médicos con la intención de recoger todos los datos pertinentes al estado de salud del mismo; y poder así valorar si el asegurado tendrá que pagar una sobreprima o si excluye alguna garantía.

La importancia de declarar enfermedades al contratar la póliza

Lo fundamental es decir la verdad en la declaración de salud de forma que si hay cualquier tema médico quede reflejado en la póliza de seguros. Siendo así en el hipotético caso de que el día de mañana se produzca el fallecimiento o la invalidez, la aseguradora no podrá oponer ninguna excepción y se hará cargo del pago de la indemnización.

⇒Esto también te interesará: ¿Es necesario informar de una nueva enfermedad en los seguros de vida?

Obviamente, si la enfermedad apareciese de repente y ocasionase la muerte del asegurado, la compañía también debe hacerse cargo del siniestro; y cumplir con las obligaciones que la comprometen y que están especificadas en la póliza de seguro. A este respecto es bueno saber que una vez que ha pasado un año la aseguradora no podrá rescindir unilateralmente el contrato aunque sepa que hemos contraído una enfermedad.

Como conclusión, podemos decir que las compañías de seguros deben cubrir las enfermedades de acuerdo a la legislación vigente. Por esta razón ejercerán su derecho a estudiar los antecedentes médicos del asegurado y también las enfermedades que pueda padecer. Por otra parte, como asegurados, nuestra obligación es responder de forma transparente a todas las cuestiones que se nos planteen.

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Escrito por:
Aroha Díaz

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Me apasionan las letras, la filosofía y los buenos debates. No pierdo la oportunidad de seguir una buena noticia y nada me parece más apetecible que una buena reflexión compartida.

18 comments on "¿Cubren los seguros de vida las enfermedades?"

  • Luz Dary
    17 de septiembre de 2022 a las 1:21 am
    Hola tengo un seguro de vida mybox caixa .lo tengo desde mayo del 2021pero pagaba 2 cuotas separadas y en noviembre del2021.lo unificaron y me dicen k e perdido mi antigüedad y esto no me lo informaron.ahora tengo una serie de problemas de salud.y quería hablar para pedir k me cubra como enfermedades graves para cubrir unas deudas con el banco y poder dedicarme al tratamiento sin pensar en cómo voy a pagar
    • 19 de septiembre de 2022 a las 10:04 am
      Hola, Luz Day. Le recomiendo que lo ponga en manos de un abogado y que ponga una reclamación.
  • Yolanda
    30 de julio de 2022 a las 12:49 pm
    tengo un seguro de vida y he sufrido cancer de mama tengo derecho a reclamar algo
    • 1 de agosto de 2022 a las 7:43 am
      Hola, Yolanda. Algunos seguros de vida tienen cobertura para enfermedades graves. Hay algunos para mujeres que incluso tienen coberturas específicas para el cáncer de mama. Si su seguro tiene coberturas de este tipo, revíselo. Le adelanto que si tiene un seguro estándar con cobertura de fallecimiento o fallecimiento e invalidez, no puede reclamar nada en caso de enfermedad grave.
  • Jwoofer
    26 de octubre de 2020 a las 11:44 am
    Hola, Me ofrecen un seguro de vida en las condiciones pone que no entra muerte por enfermedades preexistentes al momento de contratar la póliza. La duda que tengo es que si firmo una póliza y por ejemplo a los dos meses me encuentran un tumor, desde el punto de vista médico la enfermedad ya estaba antes de firmar la póliza pero yo no lo sabía. En ese caso se pueden negar a pagar? Gracias
    • Eva María Rodríguez
      28 de octubre de 2020 a las 10:42 am
      Hola, Jwoofer:Se consideran enfermedades preexistentes las que están diagnosticadas. Por eso muchos seguros piden reconocimiento médico antes de firmar. Si no le han diagnosticado ninguna enfermedad no tendría que haber problemas. No obstante, tiene usted que ser completamente sincero en el cuestionario de salud y no omitir ni disfrazar ninguna información que le requieran respecto a sus datos o hábitos de vida.
  • Mildrey delgado Bouzo
    19 de febrero de 2020 a las 11:08 pm
    Soy autónoma y tengo 42 años nesecito saber si me enfermara en algún momento hay un seguro q se ocupe de este tipo de situaciones ,pues nadie está exento de enfermarse o morir
    • Eva María Rodríguez
      20 de febrero de 2020 a las 12:34 pm
      Hola, Mildrey: Para autómonos existen los seguros de incapacidad temporal (IT) que cumplen esta función. Saludos
  • Virginia
    3 de junio de 2019 a las 7:01 pm
    Hola ,mí abuela tenía cáncer al momento de hacer el seguro ,falleció hace tres años ,el seguro lo hizo a mí nombre ,averiguamos y no nos corresponde nada ,esto es así , el legal ofrecer un seguro de vida a un enfermo de cáncer ,? Gracias
    • Juan Betés Novoa
      6 de junio de 2019 a las 11:40 am
      Hola Virginia: Consigue una copia de la póliza y acude a un abogado. En principio ninguna aseguradora aseguraría a una persona con cáncer, pero si contrataste la póliza con un banco es posible que no fuera correctamente asesorada y no se le hicieran las preguntas de salud. En caso de que así fuera tendrías derecho a reclamar la indemnización al haber habido malas prácticas por parte del banco.
  • Stella
    24 de enero de 2019 a las 11:11 pm
    Hola Buenas tardes, en mi caso soy una profesional que trabaja en forma independiente, pero si me enfermo no cobro mis honorarios, es el caso que debo operarme y la recuperación tarda un mes. Necesito saber si hay seguros que cubran el esos dias que no trabajo, llamados lucro cesante. Por favor , si hay algun seguro necesito saber cual es, y la respuesta por favor en forma privada. Muchas gracias!
    • Juan Betés Novoa
      28 de enero de 2019 a las 1:14 pm
      Hola Stella: Sí que existen, y aunque caros, son muy útiles para autónomos. Lamentablemente tiene un carencia de 6 meses por lo que aunque contrataras uno hoy tendrías que esperar ese plazo para poder hacer uso del mismo. Si te puede interesar recibir un presupuesto confírmanoslo y te lo hacemos llegar. Saludos
  • Sonia
    4 de mayo de 2018 a las 2:43 pm
    Mi padré falleció hace 1 año y medio y la compañia de seguro nos envio escrito diciendo que no cubria el seguro porque, mi padré ya estaba enfermo antes de contratar la poliza. Mi padre tuvo cancer de colón a los 48 años pero se curó y estubo 20 años bien, pero a los 65 años se le volvió a producir y al final falleció. Pues como ha sido de cáncer de colón dicen que es de enfermedad que ya tenia y que no le dan la indemnización. Es normal? Puedo reclamar algo.
    • Juan Betés Novoa
      14 de mayo de 2018 a las 11:22 am
      Hola Sonia: Pon el tema en manos de un abogado lo antes posible. Es clave que solicitéis la solicitud que se hizo a la aseguradora para ver que preguntas médicas se le hicieron en la declaración del seguro, ya que dada la antigüedad es discutible que haya existido dolo por su parte. Suerte
  • Elisabeth
    22 de abril de 2018 a las 5:09 pm
    Mi pareja está asegurada con la compañía casera kisiera saber si puede ser beneficiario en algo espero respuesta gracias
    • Juan Betés Novoa
      23 de abril de 2018 a las 11:52 am
      Hola Elisabeth: No entiendo muy bien tu consulta. Si el asegurado es tu pareja en un seguro de vida, la persona beneficiaria será quién haya designado el tomador de la póliza (el/la que paga el seguro). Saludos
  • 30 de julio de 2017 a las 4:44 am
    Yo quiero aserme un seguro de vida, lo k pasa k yo ya estoy enferma tengo cancer de mamá aunque estoy curada de momento me cubre el seguro si yo fallesco mi pareja cobra algo
    • Juan Betés Novoa
      4 de septiembre de 2017 a las 12:14 pm
      Hola Verónica: Tendrías que iniciar la contratación y la compañía realizarte el reconocimiento médico para ver si es posible asegurarte o no. Si el cáncer no está curado es muy complicado que vayan a asegurarte. Por nuestra experiencia en los casos en que hubo un cáncer y se superó, habiendo pasado unos años es posible asegurar la cobertura de fallecimiento, si bien las aseguradoras suelen poner una exclusión referida al tema concreto. Saludos

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