En algunas provincias, ciertos sectores empresariales como el tintorerías, establecen la obligatoriedad de contratar seguros de vida para los trabajadores por convenio colectivo. En este artículo revisamos las condiciones del seguro obligatorio que por convenio colectivo están establecidas en la provincia de Salamanca para la empresas del sector de Tintorerías, Lavanderías y Planchado de Ropa.
[Última revisión de este artículo: Noviembre 2018]
La última revisión del convenio provincial para para el sector de industrias de tintorerías, lavanderías y limpieza y planchado de ropa de la provincia de Salamanca para 2016, 2017, 2018 y 2019, con código de convenio 37000865012000, se publicó el Boletín Oficial de la Provincia número 44 el 2 de marzo 2018.
Este convenio establece la obligatoriedad de contratar un seguro de vida a favor de los traabjadores que cubra las contingencias de muerte por accidente de trabajo y invalidez total, absoluta o gran invalidez derivada de accidente laboral o enfermedad profesional.
Seguro obligatorio en el convenio Colectivo de Tintorerías y Lavanderías en Salamanca
El artículo 24 del convenio provincial para para el sector de industrias de tintorerías, lavanderías y limpieza y planchado de ropa de la provincia de Salamanca establece que las empresas afectas por el presente convenio están obligadas contratar un seguro que cubra los siguientes riesgos de sus trabajadores:
- 6.000 euros en caso de muerte por accidente de trabajo.
- 12.000 euros en caso de invalidez total, absoluta o gran invalidez derivada de accidente laboral o enfermedad profesional. En caso de incumplimiento la cobertura correrá por cuenta de la empresa