PuntoSeguro Blog

Convenio colectivo para Establecimientos Financieros de Crédito: Seguro obligatorio

Artículos sobre Convenios Colectivos

El caso del sector de los Establecimientos Financieros de Crédito es uno de esos sectores que están obligados por convenio colectivo  a suscribir  un seguro de vida a favor de sus trabajadores. La mayoría de estos convenios son de carácter provincial, pero en este caso el convenio se aplica a todo el territorio nacional. En este artículo revisamos las condiciones del seguro obligatorio que por convenio colectivo están establecidas a nivel nacional para los Establecimientos Financieros de Crédito.

[Última revisión de este artículo: Octubre 2018]

El convenio colectivo para los establecimientos financieros de crédito
con código de convenio n.º 99001945011981,  fue suscrito con fecha 16 de febrero de 2017 y publicado en el BOE núm. 128 de 30 de Mayo de 2017; con vigencia desde el 1 de Enero de 2017 (revisado y vigente desde el 1 de Enero de 2018).

Este convenio establece la obligatoriedad por parte de las empresas de suscribir un seguro de vida a favor de los trabajadores. Dicho seguro debe contar con cobertura de fallecimiento, incapacidad profesional total y permanente y  invalidez absoluta y permanente.

Seguro obligatorio en el Convenio para Establecimientos Financieros de Crédito

Según el artículo 26 del actual convenio para Establecimientos Financieros de Crédito, las  empresas a las que afecta dicho convenio deben suscribir un seguro de vida a favor de cada una de las personas que tengan contratadas laboralmente por los siguientes capitales asegurados:

  • Para caso de fallecimiento; 18.000 euros
  • En  caso de incapacidad profesional total y permanente: 18.000 euros
  • En caso de invalidez absoluta y permanente:  18.000 euros

Según el convenio,las garantías de invalidez permanente total e invalidez permanente absoluta cesarán  al finalizar la anualidad del seguro; y dentro de la cual el asegurado cumpla la edad de sesenta y cinco años.

Además, la responsabilidad de las empresas solo se limitará a la suscripción de la póliza y al abono de la prima correspondiente. Por lo tanto, las personas aseguradas dejarán de estar incluidas en la póliza cuando se extinga el contrato de trabajo por cualquier causa.

Por otra parte, para los casos de incapacidad temporal, el artículo 28 del convenio para Establecimientos Financieros de Crédito dice lo siguiente. La empresa debe establecer un complemento a las prestaciones económicas de la Seguridad Social o del Seguro de Accidentes de Trabajo; en la siguiente cuantía:

  •   En bajas por incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral se complementarán las prestaciones que se perciban hasta el 95 % del sueldo fijo, en los primeros veinte días de dicha baja y en proporción a la jornada de la persona afectada.
  • Para bajas por incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral de más de veinte días de duración se complementarán las prestaciones hasta el 95 % del sueldo fijo y en proporción a la jornada de la persona afectada.
  • En bajas por incapacidad temporal por accidente de trabajo, enfermedad profesional u hospitalización se complementarán las prestaciones hasta el 100 % del sueldo fijo y en proporción a la jornada de la persona afectada.

Enlaces de interés

Resolución de 17 de mayo de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para los establecimientos financieros de crédito

CALCULA SEGUROS DE VIDA COLECTIVOS

Escrito por:
Eva María Rodríguez

Eva María Rodríguez

Visitar Eva María Rodríguez en LinkedIn

Redactora web y creadora de contenidos digitales especializada en seguros y finanzas, así como en deporte y vida saludable. Colabora con PuntoSeguro desde 2014.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Buscar

Lo más leído

Seguro obligatorio de convenio colectivo...

Los convenios colectivos establecen una...

Artículos sobre Convenios Colectivos
| Views: 343

Seguro convenio colectivo obligatorio

Convenio colectivo para el sector de Hos...

Algunos sectores, entre ellos el de...

Artículos sobre Convenios Colectivos
| Views: 339

Convenio colectivo del sector de la Hostelería en Madrid

Convenio colectivo de Hostelería de San...

La mayoría de los convenios...

Artículos sobre Convenios Colectivos
| Views: 336

Convenio colectivo de Hostelería

Convenio colectivo para el sector Hostel...

Las empresas están obligadas...

Artículos sobre Convenios Colectivos
| Views: 299

Convenio colectivo para el sector de la Hostelería

Convenio colectivo del Comercio del Meta...

Algunos sectores están obligados...

Artículos sobre Convenios Colectivos
| Views: 249

Convenio colectivo de la Industria Metalúrgica

Convenio colectivo para el sector de Hos...

Algunos sectores están obligados...

Artículos sobre Convenios Colectivos
| Views: 243

Convenio colectivo para el sector de la hostelería

Convenio colectivo para el sector de Hos...

Por convenio colectivo  en algunos...

Artículos sobre Convenios Colectivos
| Views: 229

Convenio colectivo para el sector de la Hostelería

Convenio colectivo para el sector de Hos...

Algunos sectores, como el de la...

Artículos sobre Convenios Colectivos
| Views: 205

Convenio colectivo de la Hostelería

Convenio colectivo para el sector Hostel...

La mayoría de los  convenios...

Artículos sobre Convenios Colectivos
| Views: 197

Seguro obligatorio

Convenio colectivo para el sector de Hos...

Algunos sectores, entre ellos el de...

Artículos sobre Convenios Colectivos
| Views: 180

Convenio colectivo para el sector de la Hostelería

¿Te gusta lo que lees?

Suscríbete y recibe cada nuevo post en tu email antes que nadie pinchando aquí

Síguenos en RRSS

 
CALCULAR SEGURO DE VIDA