En ciertos sectores empresariales es obligatorio convenio colectivo contratar un seguro de vida a favor de los trabajadores. En el sector de la hostelería, prácticamente todos los convenios establecen la obligatoriedad de contratar un seguro de vida a favor de los trabajadores a cargo de la empresa. A continuación revisamos las condiciones del seguro obligatorio que por convenio colectivo están establecidas en la provincia de Ciudad Real para la empresas del sector de la Hostelería.
[Última revisión de este artículo: Noviembre 2018]
El convenio colectivo vigente del sector de Hostelería en la provincia de Ciudad Real, con código convenio num. 18000405011982, fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el 11 de mayo de 2018.
Según dicho convenio, todas las empresas afectadas de la provincia de Ciudad Real del sector de la hostelería deben contratar un seguro de vida para sus trabajadores.
Seguro obligatorio en el Convenio Colectivo de Hostelería en Ciudad Real
Según el artículo 27 del convenio colectivo de hostelería de Ciudad Real, todo trabajador de hostelería debe estar incluido en un seguro de vida a cargo de la empresa. Pero no siempre: solo cuando tenga seis meses de antigüedad en dicha empresa.
Por otra parte, según el artículo 26, en caso de incapacidad temporal, se abonará el 75% de todos los conceptos económicos que viniera percibiendo hasta el 7º día inclusive. Desde el 8º día inclusive se abonará el 100 % de todos los conceptos económicos. Además, en caso de accidente laboral, hospitalización, intervención quirúrgica con o sin hospitalización, los trabajadores percibirán el 100% de todos los conceptos económicos que el trabajador viniera percibiendo desde el primer día de baja.
+info: Aquí puedes ver todos los artículos que vamos publicando sobre el seguro obligatorio en el convenio colectivo de hostelería