Los convenios colectivos de algunos sectores obligan a las empresas adheridas a suscribir ciertos seguros a favor de sus trabajadores. En este artículo revisamos las condiciones del seguro obligatorio que por convenio colectivo están establecidas en Huelva para llos trabajadores de Hostelería.
[Última revisión de este artículo: Octubre 2018]
El convenio colectivo provincial de Industrias de Hostelería de la provincia de Huelva para los años 2018 a 2020 con código de convenio 23000425011983, vigente desde el 20 de Julio de 2018, fue publicado el boletín oficial de la provincia número 167 el 30 de agosto de 2018.
Dicho convenio establece la obligatoriedad, por parte de todas las empresas afectadas, de contratar una póliza de seguros para sus trabajadores que incluya la contingencias de muerte, incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez, como consecuencia de accidente, sea o no de trabajo.
Seguro obligatorio en el Convenio Colectivo de Industrias de Hostelería de Huesca
Según el artículo 32 del convenio colectivo de las empresas de hostelería de la provincia de Huesca, las empresas afectadas por el dicho convenio abonarán a sus trabajadores y trabajadoras o, en su caso, a sus derecho habientes, en los supuestos de muerte, incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez, como consecuencia de accidente, sea o no de trabajo, una indemnización de 23.356,14€ durante el año 2018, 23.940,05€ durante el año 2019, y 24.538,10 € durante el año 2020.
Para tener derecho a esta indemnización, la muerte o la incapacidad deberá ocurrir mientras subsista la relación laboral.
+info: Aquí puedes ver todos los artículos que vamos publicando sobre el seguro obligatorio en el convenio colectivo de hostelería.